El gobierno de San Luis y la fuerza política que lo expresa siguen en su campaña electoral usando descaradamente los recursos estatales a su servicio, haciendo actos oficiales con clara orientación electoral a favor de los candidatos oficialistas y siempre burlando o violentando la legislación vigente. Seguir leyendo EL SILENCIO ES CÓMPLICE
¿QUIÉN LE PONE EL CASCABEL AL GATO?
El Código Electoral Nacional fue sancionado por Ley 19945 y tiene sus buenos años, a lo largo de los cuales fue reformado varias veces. Entre ellas, la hecha por Ley 26571, que incorpora el siguiente: Seguir leyendo ¿QUIÉN LE PONE EL CASCABEL AL GATO?
DE LA POLÉMICA POR LOS HOMENAJES
El Concejo Deliberante de la ciudad de San Luis aprobó darle el nombre del ex Intendente José Rafael Dopazo al Centro Cultural recientemente inaugurado en la ex Estación de Trenes; decisión que ha despertado buena polémica. Seguir leyendo DE LA POLÉMICA POR LOS HOMENAJES
EL RESPETO A LA LEY
Días atrás se realizó el acto de entrega de los certificados de un curso organizado por el Programa Educación Sexual Integral del Ministerio de Educación de la Provincia.
En ese momento y ante un crecido número de directivos y docentes de escuelas públicas y privadas habló el Ministro de Educación Dr. Marcelo Sosa, quien según la Agencia Provincial de Noticias, expresó entre otros conceptos lo siguiente: Seguir leyendo EL RESPETO A LA LEY
LA EDUCACIÓN EN LA CAMPAÑA ELECTORAL
Hace tiempo la Presidenta CFK dijo algo así como que los docentes trabajan 4 horas diarias y tienen 3 meses de vacaciones. En esa misma línea de ignorancia, el 9 de setiembre el candidato presidencial Sergio Massa dijo:
“Hay que pagarle más al docente que va a trabajar todos los días y se pone al frente del aula. La educación no funciona si el docente falta” Seguir leyendo LA EDUCACIÓN EN LA CAMPAÑA ELECTORAL
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
El pasado 3 de junio tuvo sanción definitiva la ley V-0924-2015 REGIMEN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, sin que a la fecha haya sido promulgada por el Ejecutivo como manda el Art.133 de la Constitución “El Poder Ejecutivo debe promulgar los proyectos de ley sancionados, dentro de los diez días hábiles de su recepción, salvo que durante dicho plazo los devolviere con objeciones a la Legislatura. Si transcurrido tal plazo el proyecto no ha sido promulgado ni vetado, se tiene por ley de la Provincia.” Seguir leyendo ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
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