DE LA PRIORIDAD EDUCATIVA

Un buen punto de partida es el definir qué es prioridad. En el diccionario de la academia de nuestro idioma hay dos acepciones:

*  Anterioridad de algo respecto de otra cosa, en tiempo o en orden.

* Anterioridad o precedencia de algo respecto de otra cosa que depende o procede de ello.

Es decir, aquello que está antes que otra cosa, ya sea por orden de aparición, de preferencia o de importancia.

Vayamos ahora, a nuestra educación.

¿Qué dice la ley de Educación Nacional 26206, sancionada en diciembre de 2006?

 ARTÍCULO 3°. – La educación es una prioridad nacional y se constituye en Política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación.

En este texto hay otro concepto, el de política de estado, que también es bueno caracterizar: se trata del fuerte interés a largo plazo de los interesados o responsables de alguna actividad fundamental para la sociedad. Exige el compromiso de todos los sectores involucrados, comenzando por el gubernamental, procurando conciliar intereses y aspiraciones. Necesariamente, debe involucrar a toda la ciudadanía a lo largo de varios períodos gubernamentales, por lo que requiere la determinación de objetivos y acciones conducentes a ellos, en distintas etapas y plazos, superando situaciones transitorias de los distintos gobiernos involucrados.

Se necesita también de los responsables, experticia, entendida como una sumatoria de conocimiento, experiencia y habilidad política.

De la realidad

Tras lo citado, surge una pregunta de vital importancia: ¿la prioridad y la política de estado que marca la ley 26206, existen?

La respuesta es, lamentablemente, negativa.

El persistente deterioro de nuestra educación, conforme las distintas evaluaciones que se aplican muestran la caída en el rendimiento estudiantil con respecto a las primeras que se aplicaron años atrás. Además, varios países de nuestra América nos han superado con claridad. Las dificultades para cubrir vacantes laborales con las necesarias exigencias de conocimiento dan también, muestras de esa caída.

Mientras tanto, se repiten los lugares comunes de “queremos una educación de calidad”, sin poder ni definirla, ni explicarla,  adoptan medidas parciales, muchas de ellas con más de facilismo demagógico que de prioridad. El que estas medidas duren lo que el gobierno que las aplica, para ser abandonadas o postergadas por el gobierno siguiente, son consecuencia de la carencia de políticas de estado desde el diálogo interdisciplinario y multipartidario.

Si este rápido diagnóstico aparece como duro, es que realmente la realidad educativa argentina es así. Si se aspira a superarla, no cabe un diagnóstico amable, porque sería mentiroso.

De la prioridad

La ley 26206 es clara y correcta en señalar lo prioritario de la educación. Pero no basta con una redacción feliz. Ese concepto debe traducirse en acciones que no se ven a causa  del irrespeto a la norma legal tan vigente en la ciudadanía y en los gobiernos. Lo que se expresa, real y lamentablemente, en que el futuro para la política argentina, no vaya mucho más allá de las próximas elecciones, no de las próximas generaciones; salvo en las promesas electorales, mayormente incumplidas.

La prioridad se debe traducir en acciones concretas, planificadas para el corto, mediano y largo plazo. Los resultados no suelen ser rápidos, llevan su tiempo. Característica ésta que es, precisamente, la que no atrae a los gobernantes, porque el “marketing” político exige cosas materiales ya, evidentes para las campañas electorales bianuales.

Esta es la mayor dificultad, de la que la ciudadanía debe tomar conciencia para poder exigir y evaluar a sus representantes en el Estado.

Está claro que la educación no es la única prioridad en momentos como los actuales. Pero, la educación es la actividad fundante de las sociedades, de los países, de los trabajos, de las profesiones, a partir de asegurar a toda la población toda la educación que sea capaz de recibir.

Los gobernantes deben actuar sobre múltiples prioridades coexistentes, lo que obliga a la ciudadanía a elegir experticia, algo que no parece abundar.

Hay más…

… de incumplimiento legal en materia educativa.

Por ejemplo, el artículo 28 de la ley 26206 que señala que las escuelas primarias deben tener jornada extendida o completa. Escasísimo el porcentaje de cumplimiento de esta exigencia en la totalidad del país.

Esta misma ley ratifica en su art. 9 que el 6% del PBI nacional debe destinarse a educación, concepto precisado inicialmente en la ley 26075 de Financiamiento Educativo. El actual presupuesto elaborado y aprobado con la intervención del Ministro de Economía Serio Tomás Massa, no cumple con  el 6% de ley; pero claro, de eso no se habla.

Los 180 días de clases que instaura la ley 25864, tampoco se cumplen. Siempre hay un cuento que justifica ese incumplimiento.

San Luis, tiene también lo suyo en este tema. Ya se lo analizará.

Conclusión.

Parece que las leyes son buenas para el floreo publicitario electoral, no para ser cumplidas. Una buena educación permitirá a la ciudadanía analizar, juzgar y elegir sobre bases más sólidas que el clientelismo.

Por eso es que no tenemos ni prioridad educativa, ni política de estado en educación.

La culpa no la tiene el chancho…

                                                          San Luis. Octubre 16 de 2023