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QUÉ PASA CON LA TONADA CUYANA

Allá por febrero de 2020 inicié una movida para que la Tonada Cuyana, sea declarada Patrimonio Cultural Intangible de la Humanidad por la UNESCO. Logro ya alcanzado por el tango, el fileteado y el chamamé.  Pandemia más cuarentena frenaron las acciones. No obstante, se logró lo siguiente:

  • La Universidad Nacional de San Luis la declaró así en diciembre de 2020.
  • La Municipalidad de Villa Mercedes, por gestión del concejal Pablo Muract hizo lo mismo en septiembre de 2021.
  • Se enviaron decenas de notas al Ministerio de Cultura de la Nación desde varias provincias, para inscribir la tonada cuyana en el Registro Nacional de Bienes Culturales.
  •  En octubre de 2021 participé de una reunión virtual con representantes de la Secretaria de Cultura de San Luis y autoridades del Ministerio Nacional.
  • En esa reunión se nos dijo, que todas esas gestiones no debían ser hechas por personas o instituciones privadas, sino por los gobiernos provinciales.
  • El 30 de noviembre de 2021 se aprobó en San Luis la ley II-1066-2021 (gestión del diputado Alberto Fara); el 9 de diciembre de ese mismo año se aprobó en San Juan la ley 2334.  Ambas con declaraciones similares. Del mismo modo la declaró Mendoza por ley 7589 en septiembre de 2006.
  • Cabe recordar que en 2015, hubo un proyecto de ley nacional con la misma idea presentado por varios diputados cuyanos, entre ellos la Dra. Arenas y el Lic. Lusquiños. Nunca fue aprobado.
  • Entre mayo y agosto de 2022 se reunieron, a través de la plataforma change.org más de mil firmas, la gran mayoría de San Luis, apoyando esta iniciativa.
  • Toda la documentación de la propuesta y de lo realizado se entregó a quien fuera hasta diciembre de 2023, Secretaria de Cultura Dra. Rapisarda. Luego se entregó el mismo material a los Ministros de Turismo y Cultura del actual gobierno provincial, Sres. Rigau y Álvarez Pinto.
  • Con estos ministros mantuve entrevistas en las que expliqué la idea, informé lo hecho y sugerí acciones que ayudarían a concretar la idea. Muchas palabras de coincidencia, pero con eso no hacemos nada, se necesitan acciones concretas y persistentes.
  • He enviado docenas de correos electrónicos a periodistas, autores y artistas de la música cuyana.  Sin alcanzar el objetivo de instalar el tema en toda la cuyanía hasta que se convierta en su gran   objetivo cultural.
  • Hasta el momento no se ha conocido iniciativa alguna por parte del gobierno provincial. No puedo saber si por decisión ministerial o por política gubernamental.
  • Hace meses se concretó en San Luis, una reunión de Cuyo Cultural. La información dada a conocer sobre lo hablado y acordado en ella, no incluyó nada de este tema.
  • Queda claro que la inacción gubernamental, para nada alienta la privada.

Tengo la certeza de que lograr este objetivo no es sólo un reconocimiento protocolar y amable a la máxima identidad musical de Cuyo, nuestra Tonada, sino que ello tendrá un fuerte impacto socio-económico al generar fuentes de trabajo para nuestros artistas, el turismo y la gastronomía. Afirmo ésto, a partir de ver cómo se aprovecha lo alcanzado por el tango, el fileteado y el chamamé.

Por todo lo aquí dicho, insto a quienes lean estas líneas que se interesen, se informen, se comprometan y empujen todo lo necesario hasta que nuestros gobiernos tomen la posta y lleven adelante esta aspiración.

Nuestro país tiene muchas urgencias importantes a resolver. Pero esta idea no requiere de grandes gastos presupuestarios. Solo gestión permanente, insistente y compromiso con la Señora de Cuyo, la Tonada.

SAN LUIS.  Septiembre 1 de 2025

POLÍTICA Y EDUCACIÓN

Tiempo de elecciones, tiempo de promesas buscando votos y  usualmente sostenidas en algo de mala memoria.

Así fue como en EL DIARIO DE LA REPÚBLICA del pasado jueves 14, se publican conceptos vertidos por el primer candidato a Diputado Nacional por el Partido Justicialista, Jorge “Gato” Fernández, en un acto realizado en La Punta.

De esa publicación de El DIARIO … tomo el siguiente párrafo: 

En la sede del Partido Justicialista de La Punta, el dirigente Gato Fernández advirtió que la provincia “sigue el camino de Milei” y alertó que, de continuar esta tendencia, “en algún momento se planteará la privatización de la educación pública”.

Conesos dichos puede entenderse que Fernández es un defensor de la educación pública, de ser así no puedo menos que compartir esa idea.

Pero … aquí viene lo de la memoria.

Olvida o no sabe, que Adolfo Rodríguez Saá fue quien empezó en San Luis, con una política de  privatización disfrazada con sus escuelas charter, luego autogestionadas; que luego continuó su hermano Alberto  con su invento de escuelas generativas y digitales.

Variantes que,  escondidas como escuelas experimentales públicas de gestión privada, han significado la entrega de la gestión de escuelas a instituciones “sin fines de lucro”, que deben presentar un modelo educativo de muy difícil acceso al conocimiento público, que reciben una suma per capita para que abonen sueldos y alimentación a los alumnos; originalmente debían tener jornada extendida o completa, algo que ha desaparecido en muchas.

Lo peor de estos inventos escolares es la precarización de la profesión docente, con sueldos más bajos que los oficiales, el no cobro de vacaciones, la inestabilidad laboral, la exigencia de dictar asignaturas por fuera de la especialidad de cada docente, llegando hasta la designación de personal sin la debida formación. Con todo lo cual se aumentan los ingresos de quienes dirigen esas instituciones “sin fines de lucro”.

El estado provincial a través de estas creaciones se aleja de su responsabilidad en la educación, con una supervisión entre nula y escasa. Por eso digo que son formas ocultas de privatizar la educación pública.

Los dichos del candidato Fernández demuestran la superficialidad propia de quienes no saben del tema. También el temor a criticar lo hecho por quien lo designó en tantos cargos y en esta candidatura.

De todo ese panorama, algo ha cambiado, pero no por una clara política gubernamental, el Gobernador Poggi no parece estar decidido a que desaparezcan este tipo de administración escolar; sino más bien por exigencia gremial docente. Tal como parece ocurrir con los reclamos de los docentes de la Escuela Digital Albert Einstein.

Nuestros gobiernos, provinciales y nacionales, no vienen demostrando desde hace décadas, una clara decisión de darnos una educación que recupere lo mucho que se ha perdido, tal como nos lo muestran las evaluaciones nacionales e internacionales que se aplican a nuestros alumnos.

Debemos tener muy presente lo que Sarmiento supo decir en el senado nacional:

TODOS NUESTROS PROBLEMAS, SON PROBLEMAS EDUCACIÓN.

 Lo que no se resuelve con palabras a tontas y locas, sino con sabias y concretas políticas a lo largo de muchas generaciones.

San Luis. Agosto 27 de 2025.

IGUAL O PEOR

Desde 2007  vengo denunciando los gobiernos provinciales no cumplen con otorgar y garantizar a varias localidades sanluiseñas el tipo de gobierno municipal y cantidad de concejales que les corresponden a cada una.

Cuestiones que están determinadas en el Capítulo XXVI REGIMEN MUNICIPAL de nuestra Constitución Provincial  y reglamentadas por la Ley XII-0349-2004. Las formas de gobierno municipal son cuatro: Delegación Municipal, Intendente Comisionado, Comisión Municipal y Municipalidad con Concejo Deliberante.  Todo conforme la población censada; lo mismo que la cantidad de concejales cuando corresponde.

Para lo cual el artículo  4° de la citada ley expresa: “El Poder Ejecutivo determinará después de cada censo, los nuevos lugares donde corresponda Municipalidad, Comisión o Comisionado.”

Pues bien, cumplidos los censos de 2000, 2010 y 2022, ningún gobernador cumplió con este artículo, por consiguiente se convoca a elecciones municipales sin cumplir con la Constitución.

Ya me referido en muchas ocasiones a lo ocurrido anteriormente [1], hoy me refiero solo a lo más reciente.

1* Nota al Ministro Endeiza.

El 24 de junio de 2024, junto con el Esc. Eduardo G. Mones Ruiz por el Expte 7240760/24  le recordamos al entonces Ministro de Gobierno Endeiza, la obligación de cumplir con el Art 4° de la ley de Régimen Municipal. Además, con los datos oficiales  del censo 2022, detallamos el tipo de gobierno y cantidad de concejales que debía tener cada localidad. Días después, en una audiencia el ministro Endeiza expresó que estaba al tanto del tema por indicación del Director de Asuntos Municipales CPN Amondarain y que coincidía en un todo con lo expresado en la nota mencionada.

2* Convocatoria Electoral

El 30 de diciembre de 2024 se emitió el decreto 14010-MG-2024 convocando a elecciones para el 11 de mayo pasado. Con las firmas del Gobernador Poggi y del Ministro de Gobierno Amondaraín, quien reemplazó a Endeiza. Desagradable sorpresa al conocerla, ya que pese a los dichos de Endeiza, la convocatoria en lo municipal continuaba con la violación de la manda constitucional.

3* Los incumplimientos.

En primer lugar, el Poder Ejecutivo, Gobernador Poggi, no cumplió con el art 4°ya citado. De ahí que Nogolí y Beazley eligieron Intendente Comisionado en lugar de la Comisión Vecinal que les corresponde. Y se mantienen los siguientes errores en cuanto a cantidad de concejales:

  1.  Candelaria, El Volcán, El Trapiche, Luján, Buena Esperanza, Unión y Naschel, siguen con

cuatro concejales cuando les corresponde cinco.

  • Concarán, Tilisarao y Santa Rosa del Conlara continúan con cinco concejales, cuando les

corresponden siete.

  • La Toma y Quines siguen con siete concejales en lugar de los nueve que deben tener.
  • Juana Koslay sigue con nueve concejales cuando debe tener diez.

4* Destacable

Desde los Concejos Deliberantes de La Punta y Potrero de los Funes, surgieron peticiones  para que el gobierno convocara a elegir concejales adecuándose a la Constitución. Así La Punta eligió cinco concejales en este año y hará lo mismo en  2027 completando los diez que les corresponde. Potrero de los Funes eligió tres este año, llegando así a los cinco que le son propios.

Fue por iniciativa de los concejales, no por el cumplimiento de la obligación del Poder Ejecutivo Provincial, que no dio explicación alguna.

4* Silencio generalizado

Es lamentable el silencio que existe en cuanto este tema. Autoridades, legisladores, toda la dirigencia política están obligados a conocer el marco constitucional y la legislación que reglamentan sus tareas.  Se viola la constitución, se atenta contra la república, se pisotea a la autonomía municipal y los derechos civiles de muchos sanluiseños. ¿Por qué no hay más reacciones? Es una mezcla de ignorancia, autoritarismo, miedo e indiferencia .

Rescato la sanción de la ley XII.966-2017  propiciada por legisladores del radicalismo que lograron que El Trapiche, Potrero de los Funes, El Volcán y Carpintería sean ya Municipios. Pero esta ley no incluyó a las Comisiones Municipales, ni tampoco la cantidad correcta de concejales. Cosas, quizás, propias de la negociación parlamentaria; como si cumplir con la constitución sea un tema negociable.

Tampoco los medios de comunicación le han dado a esta inconstitucionalidad la importancia que tiene. Digo esto, porque entiendo que este tema no es noticia pasajera,  sino para una campaña persistente que lleve a que las autoridades respeten cabalmente las instituciones republicanas con democracia.

5* Pedido de Información.

Ante esta convocatoria irregular, y amparados en la Ley V-0924-2015 ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, con el Esc. Eduardo G. Mones Ruiz iniciamos el 17 de febrero pasado, el Expte 21070390/25 dirigido al Gobernador Poggi, pidiendo conocer “…las razones o los fundamentos legales que sostienen una convocatoria como la del decreto 14010/24, incumpliendo, violando la Constitución y la Ley de Régimen Municipal” y con ironía agregamos:  ”Hay acaso alguna legislación secreta  que le permite al gobernador y su equipo a dejar de lado la Constitución y la ley”.

El Gobernador tuvo un plazo legal de diez (10) días hábiles para responder un pedido así. No lo cumplió. Tras varias consultas se nos informó que el expediente fue girado a Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno. Allí, el 17 de marzo, el Abogado Laborda Claverie, respondió diciendo que el día 20 de ese mes daría la respuesta.

Sin novedades, el 25 de marzo por Expte.7240760/25, con referencia al Expte 2170390/25; con el Esc. Mones Ruiz nos dirigimos nuevamente al Gobernador Poggi para reclamar por su falta de respuesta, recordándole que la Ley de Acceso a la Información Pública en su art. 10 define como grave la falta de respuesta, pasible de sanciones según los Códigos Penal y Civil de la Nación.

El dictamen de Laborda Claverie, si bien fechado el 20 de marzo, recién nos fue enviado por correo electrónico el 3 de julio. Una respuesta que debía darse en diez días hábiles llegó casi cuatro meses más tarde.  Ni el gobernador, ni el ministro, ni el asesor intentaron una disculpa o justificación por esa demora

6* La respuesta del Asesor Legal

Debo recordar que los expedientes citados, uno al ex Ministro Endeiza y luego dos al Gobernador, se refieren a autoridades y legisladores municipales. Los dos expedientes enviados al gobernador citan los anteriores, para que quienes deban responder conozcan todo el historial.  Recordándosele al Gobernador su juramento en cuanto a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes y también, el art. 63 de nuestra Constitución que dice “En ningún caso y por ningún motivo o pretexto, las autoridades de la provincia pueden suspender la observancia de esta Constitución, ni la de la Nación o la efectividad de las garantías establecidas.”

El dictamen del asesor no se responde al tema que nos ocupa. Cita a la Constitución Provincial en los capítulos referidos a Cámara de Diputados, Cámara  de Senadores y Régimen Electoral. Cita también las leyes Electoral Provincial, de Actualización del Sistema Electoral, de Paridad de Géneros en ámbitos de representación política y de Procedimientos Administrativos. Ninguno de esos textos constitucionales y legales se refiere específicamente a lo requerido.

Nada dice el asesor del Capítulo XXVI de la Constitución que ordena lo municipal, nada dice de la Ley de Régimen Municipal; único tema de las presentaciones que debía dictaminar.

¿Será que no le enviaron todo el historial o que no lo leyó? Elude cuidadosamente el tema específico. Lo que entiendo surge de la imposibilidad de explicar o fundamentar el incumplimiento de la manda constitucional, buscando desviar la atención y así “salvar” al gobernador Poggi, al ministro Amondarain y a todos los que intervinieron en la promulgación del decreto 14010-MG-2024; de las responsabilidades que les son propias. Nada dice del Art. 63 de la constitución.

7* La continuidad

Esta cuestión y mis reclamos llevan ya años. Nunca nadie (gobernadores, ministros, jueces, intendentes, concejales, legisladores provinciales, dirigentes políticos oficialistas u opositores) dijo que estoy equivocado.  Nunca nadie inició acción alguna contra mis afirmaciones. Las respuestas han sido mayormente de silencio, contradictorias o con lamentables evasivas.

No estamos ante una cuestión menor, se destruyen el republicanismo, la vida democrática y los derechos civiles.  Y se evidencia con claridad la formación política del gobernador y de muchos de su equipo, en la escuela feudal y autoritaria de los hermanos Rodríguez Saá. Hay quienes creen estar por encima del marco legal.  Igual que antes, pero peor porque hoy se alardea de republicanismo y democracia.

Como se dice en El Gatopardo, “es necesario que todo cambie, para que todo siga igual”

SAN LUIS. Julio 14 de 2025


[1] En esta web pueden encontrar mucha más información dl tema.  https://www.tochimoreno.com.ar/category/elecciones-municipales/

SILENCIO QUE ATURDE

Con distintos fundamentos en cada caso, el Senado Nacional rechazó la designación de los Dres. Lijo y García Mansilla, como miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Tras ello se especuló y mucho, en cuanto a si García Mansilla continuaría como integrante en comisión hasta noviembre en virtud al decreto presidencial que así lo designó.

Esta posibilidad motivó una fuerte postura de un numeroso número de destacados profesionales del derecho que se identificaron como “profesores, docentes e integrantes del ámbito académico – jurídico de todo el país…” solicitándole a García Mansilla que renuncie a su cargo a raíz del fuerte rechazo a su candidatura.

Entienden los firmantes que la eventual continuidad de García Mansilla en la Corte Suprema, marcaría una situación por fuera del derecho vigente en Argentina y de espaldas a lo que se enseña en las universidades, diciendo: “No estamos dispuestos a aceptar que la enseñanza del derecho se convierta en nuestro país en un relato de ficción.”

Afirmación clara y categórica, que no muestra fisuras dado el prestigio docente y profesional de los firmantes, que pertenecen a distintas corrientes del pensamiento político nacional.

Finalmente, el Dr.  García Mansilla renunció a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

No puedo dejar de vincular esos dichos, con lo que estamos soportando en San Luis en cuanto a la violación del mandato constitucional y legal e insistir, una vez más, en reclamar la plena vigencia las instituciones republicanas en San Luis.

Nuestra realidad.

Llevo ya mucho dicho y escrito, desde 2007, acerca de cómo el gobierno provincial en los mandatos de Alberto Rodríguez Saá y Claudio Poggi, no cumple con el Art 250 de nuestra Constitución que otorga a las localidades que tengan entre 801 y 1500 habitantes censados un gobierno municipal ejercido por una Comisión Municipal de cuatro miembros. Por lo cual y de acuerdo al Censo Nacional de 2020, Anchorena, Arizona, Fortuna, Balde, Beazley, Nogolí, Villa de la Quebrada, Fraga, Villa del Carmen y Los Molles; deben tener esa forma de gobierno municipal

A su vez, el Art. 257 fija la cantidad de concejales que deben tener los municipios, también según su población censada. Lo que no ocurre en varias localidades provinciales.

El mandato constitucional está reglamentado por la ley XII-0349-2004, cuyo Artículo 4° expresa: “El Poder Ejecutivo determinará después de cada censo, los nuevos lugares donde corresponda Municipalidad, Comisión o Comisionado.”

Desde que se sancionó esa ley, ningún gobierno provincial cumplió con este artículo. Solo y por iniciativa de diputados del radicalismo, se logró por ley que Potrero de los Funes, El Volcán, El Trapiche y Carpintería, se conviertan en municipios con concejo deliberante.

A mi criterio es mucho más que incumplimiento de los deberes de funcionario público. Es un delito contra la institucionalidad republicana y democrática.

Esta inconstitucionalidad la expresé en notas periodísticas, en denuncias ante la justicia, en cartas documentos y notas a Rodríguez Saá, Poggi y algunos de sus ministros. Nunca nadie señaló que mi reclamo es injustificado o erróneo. Solo silencio y de parte de miembros del Superior Tribunal de Justicia entre 2007 y 2011, excusas a través de sentencias que además, fueron contradictorias en el caso de los ex jueces Zavala Rodríguez y Novillo.

Me pregunto

Releyendo lo expresado por los juristas y docentes en relación a lo ocurrido en el Senado nacional y frente a la inconstitucionalidad en San Luis, me permito interpelar, amable pero firmemente:

  • ¿El Consejo Superior de la UN de San Luis que tantas veces se ha expedido ante

situaciones de importancia o gravedad en el país, no tiene nada que decir ante esto?

  • ¿El Consejo Directivo de la Fac de Cs. Económicas, Jurídicas y Sociales de la UN

de San Luis y los profesores de su carrera de Abogacía, no tienen nada que decir, nada que ejemplificar a sus alumnos?

  • ¿Los docentes de la carrera Prof. de Educación Secundaria en Ciencia Política del

Instituto de Formación Docente Continua de San Luis, no hablan de esta realidad provincial?

  • ¿Los docentes específicos del nivel secundario, tampoco pueden hablar del tema?
  • ¿Los miembros de la Justicia Provincial tampoco pueden decir o actuar ante esta

violación y su consecuencia en los derechos civiles de tanta ciudadanía provincial?

  • ¿Los colegios de abogados o simplemente algún grupo de ellos, nada tienen que

decir en defensa de la vida republicana con democracia?

  • ¿La dirigencia y militancia política no saben de ésto, no les interesa dar ejemplo de

exigir plena vigencia de la constitución y sus leyes?

  • ¿El periodismo nacional y provincial, siempre encontrará noticias y chismes que

sean más importantes que la violación de la constitución?

  • ¿Qué les pasa a todos, no conocen la constitución y leyes reglamentarias, no les

interesa, les conviene que así sea o tienen miedo?

Demasiadas preguntas sin respuesta desde hace años.

Demasiada ignorancia del Artículo 63 de nuestra Constitución: “En ningún caso y por ningún motivo o pretexto, las autoridades de la Provincia pueden suspender la observancia de esta Constitución, ni la de la Nación o la efectividad de las garantías establecidas.”

Finalmente

Aturde el silencio generalizado ante este escándalo constitucional nuestro. Aturde, duele y enoja.

Si una cadena es tan fuerte como el más débil de sus eslabones; digo que la vida republicana argentina, tiene la debilidad republicana que vivimos en San Luis.

Si los que saben, pueden y deben, ignoran, tapan oídos, sellan labios y cruzan brazos, estarán enseñando a todos y en especial a las jóvenes generaciones, que la Constitución y sus leyes pueden ser manoseadas y pisoteadas al antojo y conveniencia del autoritarismo de turno en el gobierno.

SAN LUIS. Abril 7 de 2025.

¿QUIÉN LE PONE EL CASCABEL AL GATO?

Tal como viene ocurriendo desde hace décadas, estas elecciones del 11 de mayo no cumplen con nuestra Constitución Provincial, ni leyes reglamentarias.

Me he ocupado del tema  en www.tochimoreno.com.ar/eleccionesmunicipales.  Con notas enviadas al periodismo (con escasa difusión), denuncias ante la justicia, cartas documentos y cartas abiertas a gobernadores y notas a ministros, etc.

Nunca nadie, ni funcionarios, ni jueces, ni dirigentes políticos dijeron que mi exigencia estaba equivocada. Nunca. Prevaleció el silencio, los jueces del Superior Tribunal de Justicia entre 2007 y 2011, se declararon incompetentes contradiciéndose en sus sentencias.

Lo que no se cumple

Desde 2005 no se convoca a elecciones para constituir Comisiones Municipales de cuatro miembros, en las localidades que tengan entre 801 y 1500 habitantes censados – Art. 250 de la Constitución. En este año debieran elegir esas comisiones Anchorena, Arizona, Fortuna, Balde, Beazley, Nogolí, Villa de la Quebrada, Fraga, Villa del Carmen y Los Molles. Tampoco se cumple con el Art. 257 de la Constitución que determina la cantidad de concejales, según la población censada. Son varias las localidades provinciales cuyos Concejos Deliberantes deben tener más concejales que los actuales.

Esta inconstitucionalidad en la convocatoria se completa con el incumplimiento de la ley que reglamenta lo constitucional, es la ley XII-0349-2004, cuyo Artículo 4° expresa: “El Poder Ejecutivo determinará después de cada censo, los nuevos lugares donde corresponda Municipalidad, Comisión o Comisionado.”

Ni el Gobernador Alberto Rodríguez Saá en todos sus mandatos, ni el gobernador Claudio Poggi en el suyo anterior, dieron cumplimiento a esta clara y categórica exigencia legal.

Para esta elección.

El último Censo Nacional fue en el 2020, pero los datos finales correspondientes a la población por localidades recién se conocieron a mediados del año pasado. Por eso, con el Escribano Eduardo Gastón Mones Ruiz presentamos el 24 de julio de 2024 por Expte 7240760/24 una nota al entonces Ministro de Gobierno Facundo Endeiza, en la que explicábamos, de acuerdo a nuestro análisis, qué tipo de gobierno municipal y qué cantidad de concejales les correspondía a nuestras localidades provinciales. Al tiempo que le recordamos la obligación de cumplir con el articulo ya señalado de la ley de Régimen Municipal.

En suma, recordamos lo que los gobernantes deben conocer sobradamente: el marco legal de nuestras instituciones republicanas.

En una reunión con Endeiza, {este  expresó estar en pleno conocimiento del tema junto con el Director de Municipios CPN Gonzalo F. Amondarain. Tiempo después y luego de la renuncia de Endeiza y de su reemplazo por Amondarain; se conoció el Decreto 14010-MG-2024 convocando a elecciones para el 11 de mayo próximo.

Esta convocatoria nuevamente repite esa vieja omisión y priva, una vez más, a muchas localidades de sus legítimos derechos civiles de tener las autoridades que la Constitución y leyes les otorgan.

Pedido de información

El 17 de febrero de este 2025 y por Expte 2170390/25, junto con el Escribano Mones Ruiz le pedimos al Gobernador Claudio Javier Poggi, tras amplia fundamentación, que nos dé las razones o fundamentos para convocar a elecciones sin cumplir lo constitucional en cuanto a autoridades y legisladores municipales. También que nos diga si existe alguna legislación secreta que le permita al gobernador dejar de lado la Constitución.

Ese pedido de información se sostiene en la ley de Acceso a la Información Pública V-0924- 2015; sancionada a partir de un proyecto presentado por Poggi en su anterior mandato.

El Gobernador tenía diez (10) días hábiles para responder. No lo hizo. No obstante esperamos más tiempo, como si nos hubiera pedido y nosotros aceptado, la prórroga que la ley habilita. Tampoco respondió.

El lunes 17 de marzo a las 09:05 am, me comuniqué con Asesoría Legal de la Gobernación. Quien me atendió, el abogado Laborda Claverie,  me expresó que el jueves 20 tendríamos la respuesta. Tampoco llegó, ni a esa fecha, ni a la presente.

¿Será que no tienen cómo fundamentar su irrespeto a la Constitución y la ley?

Finalmente

Esta ley de Acceso a la Información Pública, habilita a acudir a la justicia con una Acción de Amparo. Trámite que requiere la intervención de un abogado, lo que resulta demasiado oneroso, además de lento y de resolución no segura según mi experiencia. Lo mismo pasa con la denuncia de inconstitucionalidad.

El 25 de marzo, nos dirigimos nuevamente por nota al Gobernador Poggi, recordándole que su falta de respuesta es considerada por la misma ley como grave y la encuadra según los Códigos Civil y Penal de la Nación. Le informamos también que no acudiríamos a la justicia, por lo ya dicho.

No es extraña una actitud así de parte del Gobernador Poggi, porque este autoritarismo de decidir qué gobiernos deben tener nuestras localidades  según su gusto y  por fuera del mandato republicano y constitucional,  y en no responder al pedido de información de dos ciudadanos, es algo que debe haber aprendido cuando  fue fiel funcionario de los gobiernos de Adolfo y Alberto Rodríguez Saá, sus maestros como tantas veces dijo.

Lo que sí es extraño, y lamentable, es el silencio de los que saben, pueden y deben reaccionar. Me refiero a toda la dirigencia política, oficialista y opositora. Porque tienen la obligación republicana y democrática de elevar su voz a lo largo y ancho de San Luis, para denunciar y convocar al logro de la plena vigencia de todas las estructuras de gobierno que nos corresponde.

Desconozco si ante una inconstitucionalidad así de evidente, desde la justicia alguien puede actuar de oficio.

Para mayor información de gobernantes y gobernados, me permito recordar el Artículo 63 de nuestra Constitución: “En ningún caso y por ningún motivo o pretexto, las autoridades de la Provincia pueden suspender la observancia de esta Constitución, ni la de la Nación o la efectividad de las garantías establecidas.”

 Estamos claramente, ante un delito persistente y muy grave. Pero…

¿Quién le pone el cascabel al gato?

San Luis. Marzo 31 de 2025

GATOPARDISMO SANLUISEÑO

GATOPARDISMO SANLUISEÑO

En el Boletín Oficial del día de hoy, se publicó el Decreto 14010-MG-2024, firmado por el Gobernador CPN Poggi y el Ministro de Gobierno CPN Amondarain, por el cual  se convoca para el 11 de mayo a elecciones provinciales y municipales.

Las alarmas que me despertó en su momento el adelanto del tema por la Agencia de Noticias del gobierno, se confirman al leer este decreto, por cuanto se sigue la política vigente desde hace décadas en incumplir el mandato constitucional en lo atinente a las autoridades municipales.

Incumplir la constitución es violarla, lo que configura un delito que en este tema electoral se viene dando sostenidamente en cada convocatoria electoral desde el 2005.

La esencia del problema

La Constitución, en su Capítulo XXVI y  artículos 249 a 252 y 256,  determina qué tipo de gobiernos municipales existen y el artículo 257 precisa la cantidad de miembros  que debe tener cada Concejo Deliberante. Todo lo cual se determina mediante la población censada oficialmente.

El artículo 249 dice que esto se hará mediante ley. Pues bien, sólo hay una ley en esta cuestión, la XII-0966-2017 creando las Intendencias Municipales de Potrero de los Funes, El Volcán, Carpintería y El Trapiche.

No hay otra ley, porque el Legislativo mediante la Ley de Régimen Municipal XII-0349-2004 Art 4°, pasa esa responsabilidad al Ejecutivo diciendo: “El Poder Ejecutivo determinará después de cada censo, los nuevos lugares donde corresponda Municipalidad, Comisión o Comisionado.

Pues bien, no se conoce decreto alguno que cumpla con esa obligación desde que se conocieron los últimos censos nacionales.

Claro y categórico incumplimiento de sus obligaciones legales por todos los gobiernos anteriores desde la reforma constitucional de 1987.

Cuando digo todos los gobiernos quiero decir exactamente eso,  todos los gobiernos.

El que no se haya cumplido con el mandato constitucional de garantizar que cada localidad tenga el gobierno municipal que debe tener legalmente es culpa de gobernantes, legisladores, dirigentes que han   dejado de lado y pisoteado nuestra Constitución. También de jueces que no actúan de oficio ante algo tan flagrante, ni de los que ante mis denuncias de inconstitucionalidad se declararon incompetentes con sentencias contradictorias impropias de esos cargos.

Último recordatorio.

El pasado 24 de julio, junto con el Esc. Eduardo Mones Ruiz presentamos una nota al anterior Ministro de Gobierno Facundo Endeiza, por la que le recordamos la manda constitucional a cumplir, precisando en base  a los resultados del censo 2022  qué gobierno y cantidad de concejales le correspondían a cada localidad.

Días después en una audiencia a la que no pudo concurrir el Esc. Mones Ruiz, ese ministro me expresó que estaba de acuerdo con nosotros y que el entonces responsable de Asuntos Municipales, CPN Amondarain ya le había expresado lo mismo.

¿Qué pasó…

… con la nota recibida y aceptada en su contenido por el ex Ministro Endeiza?

Porque el Decreto 14010 persiste en la inconstitucionalidad en la convocatoria electoral para  el 11 de mayo.

 ¿La habrá leído el Gobernador Poggi? ¿Se discutió en reunión de gabinete? ¿Quiénes y cómo  d  ecidieron no cumplir con el Art 4 de la ley de Régimen Municipal? ¿Quién decide hacer una convocatoria así?  ¿Será cierto que el  nuevo ministro de Gobierno, Amondarain, coincidía con lo expresado en nuestra nota.? ¿Quién lo convenció o solo debió obedecer?

Síntesis

1* Conocido el Censo Nacional 2022 no se dictó la norma que determine qué tipo de gobierno y cuántos concejales le corresponde a cada localidad, según su población. Lo que debió hacer antes de convocar por el Decreto 14010.

2* No se convoca para ninguna Comisión Municipal, Art. 250 de la Constitución. Deben tener esa autoridad municipal Anchorena (810 Hab.); Arizona(976 Hab.),   Fortuna (969 Hab.); Balde (853 Hab.); Beazley  (831Hab.); Nogolí  (1.175 Hab.); V. de la Quebrada (1.162 Hab.); Fraga  (1443 Hab.); Villa del Carmen  (870 Hab.) y Los Molles (1,497 Hab). Todas estas localidades siguen con Intendente Comisionado.

3* Se convoca a elegir Intendente Comisionado a Beazley y Nogolí, que, como digo arriba, deben tener Comisión Municipal.

4* En cuanto a concejales el panorama es más complejo. Juana Koslay tiene 9 concejales y debe completar 10; Quines y La Toma tienen 7 y completar 9; Candelaria, El Trapiche, El Volcán, Luján, Carpintería,   Buena Esperanza; Unión y Naschel, tienen 4 y deben completar 5. Concarán, Tilisarao, Sta. Rosa del Conlara tienen 5 y deben completar 7.

He indicado solo el número de titulares, debe agregarse la misma cantidad de suplentes.

5* Se dan dos casos: La Punta por ordenanza resolvió cumplir con tener los 10 concejales que le corresponden, eligiendo 5 en esta elección y otros 5 en la de 2027. Potrero de los Funes hace lo mismo, para llevar sus concejales de 4 a 5, eligiendo en ésta 3.  El Gobierno acepta esto y así convoca en su decreto.

Lo que  me despierta serias  dudas es la competencia de esos Concejos Deliberantes para decidir sobre este tema.  La Constitución y la ley de Régimen Municipal no les otorgan a estos concejos deliberantes facultades para determinar el número de concejales. Tarea que como ya he expresado, es propia del Poder Ejecutivo Provincial.

Habrá que esperar que dictaminan los especialistas.

El Gatopardo

Allá por 1963 vimos la película El Gatopardo basada en una novela italiana que describía la sociedad italiana en un momento de crisis socio política importante camino a su unidad nacional. Ante las exigencias de cambio que los  sectores populares hacían a la aristocrática y feudal clase dirigente, el personaje central expresa en algún momento que Si queremos que todo siga como está, necesitamos que todo cambie”.

¿Algo así estamos viviendo en nuestro San Luis de hoy?

Se cambió el gobierno, pero el nuevo sigue con las mismas violaciones a la constitución y la ley.

¿Qué dicen a esto los funcionarios, legisladores, dirigentes y votantes de este nuevo gobierno?

Quien quiera saber algo más  de lo hecho en este tema, puede acceder a  https://www.tochimoreno.com.ar/category/elecciones-municipales/)

Hay mucho y no sencillo para resumir.

Advierto una grieta provincial entre los que queremos vivir en una república con democracia y transparencia y los que prefieren seguir en el feudo fundado por los hermanos Rodríguez Saá.

Es hora de definiciones, no de callar, de eludir, de mirar a otro lado. Y se lo digo a todo el gobierno provincial, a la dirigencia política oficialista y opositora, a todos los legisladores, a todas las autoridades y concejales municipales, a toda la justicia, a todos los medios:  QUEREMOS REPÚBLICA, NO FEUDO.

                                                             San Luis. Enero 3 de 2025.