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CARTA ABIERTA AL GOBERNADOR POGGI

CARTA ABIERTA AL GOBERNADOR POGGI

Sr. Gobernador CPN Claudio Javier Poggi:

Me dirijo a Ud. por este medio en virtud a su incumplimiento de responder en tiempo y forma a lo solicitado en el marco de la Ley V-0924-2015 ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Me refiero al Expte. 2170390/25 iniciado por mí y el Esc. Eduardo G. Mones Ruiz el 17 de febrero pasado.

Ahí se le solicitó dé a conocer las razones por las cuales el Decreto 14010-MG-202, convocatoria a elecciones provinciales y municipales para el 11 de mayo,  no se ajustó a lo normado por nuestra Constitución en sus artículos 247 a 280, reglamentados por la Ley de Régimen Municipal XII-0349-2004.

Presentada esta solicitud, no cumplió Ud. con responder en el plazo legal de diez días hábiles.  Ese expediente pasó al Asesor Legal del Ministerio de Gobierno, quien telefónicamente respondió el día 17 de marzo, que respondería el día 20 de ese mes.

Al no recibir respuesta alguna, se presentó el Expte. 3423139/25, el día 25 de marzo,  expresándole nuestro desagrado por su incumplimiento e informándole que se harían públicos estos hechos.

Tras consultas telefónicas, el Asesor Legal responde el día 25 de junio a las 10:15 am, que lo actuado estaba en el Ministerio de Gobierno y que desde ahí se enviaría la respuesta.

Lo que ocurrió el día 3 de julio a las 12:24 pm por correo electrónico desde Jefatura de Despacho del Min. de Gobierno. El dictamen del Asesor Legal, Abog. Valentín Laborda Claverie, está fechado el 20 de marzo. Queda claro que la respuesta que debía darse en 10 días hábiles, llegó más de tres meses después. Nada de respetar los plazos legales, ni de intentar explicación alguna.

El dictamen responde al segundo expediente presentado y pese a que en él se hace referencia al primero, no responde a éste; sino que cita tres leyes, Procedimientos Administrativos, Electoral Provincial y Actualización del Sistema Electoral; ajenas a lo solicitado. Es evidente que no se prestó atención al petitorio inicial o que por falta de argumentos que expliquen o justifiquen el incumplimiento de la constitución, se eludió referirse a ello.

No puedo creer que lo aquí sintetizado obedezca a la ignorancia de nuestra constitución y leyes. Más bien parece obedecer a una decisión política suya Sr. Gobernador, que se traduce en un ataque grave a las instituciones municipales y los derechos civiles de toda la ciudadanía sanluiseña, negándonos seguridad jurídica. Lo que por cierto viene de largo, porque pese a ser Ud. quien propuso la ley de Acceso a la Información Pública, tampoco la cumplió en ese año 2015, al igual que algunos de sus funcionarios.

No menoscabo los logros de su gobierno en varias áreas, pero debo expresarle, con dolor, que la persistencia de estos hechos lo alejan de la vida republicana y democrática que nos rige y cobija.

Le recuerdo, una vez más, el Art. 63 de nuestra Constitución: “En ningún caso y por ningún motivo o pretexto, las autoridades de la Provincia pueden suspender la observancia de esta Constitución, ni la de la Nación o la efectividad de las garantías establecidas”.

Son muchos, especialmente del ámbito político, los que sabiendo, debiendo y pudiendo informar o actuar, guardan un silencio que, a mi juicio, muestra cobardía ciudadana.

            San Luis. Noviembre 17 de 2025.

ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Se conoció, días atrás, un comunicado de un grupo de periodistas exigiendo el cumplimiento del derecho al Acceso a la Información Pública por parte del gobierno del CPN Claudio Poggi.

Cabe recordar que la ley V-0924-2015 que establece para toda la ciudadanía provincial este derecho, fue sancionada a propuesta de Poggi en su anterior mandato.

Desde ese 2015 a la fecha, presenté numerosas solicitudes de información a los gobernadores y a varios de sus funcionarios, con escasísimo resultado. Sólo recuerdo tres respuestas completas, unas pocas incompletas o erróneas y muchas más sin respuesta alguna.

Conforme esa ley, me asiste el derecho de acudir a la justicia mediante un amparo por mora. El que efectué se perdió vaya uno saber en qué parte de la maraña protectora o temerosa del entonces gobernador Alberto Rodríguez Saá; al menos eso dijo mi abogado, hoy funcionario gubernamental. Hacerlo de nuevo implica un gasto al cuete, habida cuenta de esa experiencia.

Lo curioso del caso es que siendo Poggi quien propuso esta ley, sean él y sus funcionarios quienes no la cumplen. Por ejemplo, la ley dice que en cada repartición estatal provincial debe exhibirse un cartel que avise a la ciudadanía de ese derecho. Hasta la fecha, nadie ha visto algo así. Ese mismo año 2015 se lo exigí por expediente a Poggi, ni cumplió ni me respondió.

En este año, ante una nueva convocatoria a elecciones municipales violando la manda constitucional, le pedimos a Poggi, junto con el Esc. Mones Ruiz, que informe de las razones de ese flagrante delito de incumplimiento. Muy vencido el plazo legal para hacerlo, llegó la respuesta por parte de un abogado asesor del Ministerio de Gobierno, eludiendo cuidadosamente el tema específico citando normativas totalmente ajenas a la cuestión. Cabal muestra de no tener explicación alguna a esa decisión gubernamental.

También le pedí, en dos ocasiones, informes al Ministro de Educación CPN Araujo. En el año 2024 la respuesta también fue extemporánea por parte de una abogada, diciendo que la información pedida estaba en la web del ministerio. Dato totalmente falso y así le respondí.

El segundo pedido hecho en febrero de este año, hasta la fecha sin respuesta.

Lo que muestra a las claras, que desde que se aprobó esta ley, los gobernadores Alberto Rodríguez Saá y Claudio Poggi, no respetan la ley y que no les interesa informar de su accionar. Sus funcionarios toman ese ejemplo u obedecen órdenes.

Quienes creemos y queremos vivir en una república con democracia y ética pública, estamos en el horno. Incumplir constitución y leyes, es a mi juicio, un delito y en ese ambiente se están formando las nuevas generaciones.

Cada vez que viví estas situaciones hice denuncias desde mi web, ampliamente distribuidas electrónicamente. Los ecos periodísticos han sido apenas un poco más que nada.

En buena hora que ahora algunos periodistas hagan estas denuncias, junto con la Defensoría del Pueblo. Pero, es la justicia la que debe actuar garantizando nuestros derechos y obligar al ejecutivo a respetar las instituciones republicanas. A los abogados, me permito decirles que denunciar estos hechos por parte de nuestros gobiernos provinciales, es más importante que definir una feria judicial más corta o más larga.

SAN LUIS. Noviembre 4 de 2025

IGUAL O PEOR

Desde 2007  vengo denunciando los gobiernos provinciales no cumplen con otorgar y garantizar a varias localidades sanluiseñas el tipo de gobierno municipal y cantidad de concejales que les corresponden a cada una.

Cuestiones que están determinadas en el Capítulo XXVI REGIMEN MUNICIPAL de nuestra Constitución Provincial  y reglamentadas por la Ley XII-0349-2004. Las formas de gobierno municipal son cuatro: Delegación Municipal, Intendente Comisionado, Comisión Municipal y Municipalidad con Concejo Deliberante.  Todo conforme la población censada; lo mismo que la cantidad de concejales cuando corresponde.

Para lo cual el artículo  4° de la citada ley expresa: “El Poder Ejecutivo determinará después de cada censo, los nuevos lugares donde corresponda Municipalidad, Comisión o Comisionado.”

Pues bien, cumplidos los censos de 2000, 2010 y 2022, ningún gobernador cumplió con este artículo, por consiguiente se convoca a elecciones municipales sin cumplir con la Constitución.

Ya me referido en muchas ocasiones a lo ocurrido anteriormente [1], hoy me refiero solo a lo más reciente.

1* Nota al Ministro Endeiza.

El 24 de junio de 2024, junto con el Esc. Eduardo G. Mones Ruiz por el Expte 7240760/24  le recordamos al entonces Ministro de Gobierno Endeiza, la obligación de cumplir con el Art 4° de la ley de Régimen Municipal. Además, con los datos oficiales  del censo 2022, detallamos el tipo de gobierno y cantidad de concejales que debía tener cada localidad. Días después, en una audiencia el ministro Endeiza expresó que estaba al tanto del tema por indicación del Director de Asuntos Municipales CPN Amondarain y que coincidía en un todo con lo expresado en la nota mencionada.

2* Convocatoria Electoral

El 30 de diciembre de 2024 se emitió el decreto 14010-MG-2024 convocando a elecciones para el 11 de mayo pasado. Con las firmas del Gobernador Poggi y del Ministro de Gobierno Amondaraín, quien reemplazó a Endeiza. Desagradable sorpresa al conocerla, ya que pese a los dichos de Endeiza, la convocatoria en lo municipal continuaba con la violación de la manda constitucional.

3* Los incumplimientos.

En primer lugar, el Poder Ejecutivo, Gobernador Poggi, no cumplió con el art 4°ya citado. De ahí que Nogolí y Beazley eligieron Intendente Comisionado en lugar de la Comisión Vecinal que les corresponde. Y se mantienen los siguientes errores en cuanto a cantidad de concejales:

  1.  Candelaria, El Volcán, El Trapiche, Luján, Buena Esperanza, Unión y Naschel, siguen con

cuatro concejales cuando les corresponde cinco.

  • Concarán, Tilisarao y Santa Rosa del Conlara continúan con cinco concejales, cuando les

corresponden siete.

  • La Toma y Quines siguen con siete concejales en lugar de los nueve que deben tener.
  • Juana Koslay sigue con nueve concejales cuando debe tener diez.

4* Destacable

Desde los Concejos Deliberantes de La Punta y Potrero de los Funes, surgieron peticiones  para que el gobierno convocara a elegir concejales adecuándose a la Constitución. Así La Punta eligió cinco concejales en este año y hará lo mismo en  2027 completando los diez que les corresponde. Potrero de los Funes eligió tres este año, llegando así a los cinco que le son propios.

Fue por iniciativa de los concejales, no por el cumplimiento de la obligación del Poder Ejecutivo Provincial, que no dio explicación alguna.

4* Silencio generalizado

Es lamentable el silencio que existe en cuanto este tema. Autoridades, legisladores, toda la dirigencia política están obligados a conocer el marco constitucional y la legislación que reglamentan sus tareas.  Se viola la constitución, se atenta contra la república, se pisotea a la autonomía municipal y los derechos civiles de muchos sanluiseños. ¿Por qué no hay más reacciones? Es una mezcla de ignorancia, autoritarismo, miedo e indiferencia .

Rescato la sanción de la ley XII.966-2017  propiciada por legisladores del radicalismo que lograron que El Trapiche, Potrero de los Funes, El Volcán y Carpintería sean ya Municipios. Pero esta ley no incluyó a las Comisiones Municipales, ni tampoco la cantidad correcta de concejales. Cosas, quizás, propias de la negociación parlamentaria; como si cumplir con la constitución sea un tema negociable.

Tampoco los medios de comunicación le han dado a esta inconstitucionalidad la importancia que tiene. Digo esto, porque entiendo que este tema no es noticia pasajera,  sino para una campaña persistente que lleve a que las autoridades respeten cabalmente las instituciones republicanas con democracia.

5* Pedido de Información.

Ante esta convocatoria irregular, y amparados en la Ley V-0924-2015 ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, con el Esc. Eduardo G. Mones Ruiz iniciamos el 17 de febrero pasado, el Expte 21070390/25 dirigido al Gobernador Poggi, pidiendo conocer “…las razones o los fundamentos legales que sostienen una convocatoria como la del decreto 14010/24, incumpliendo, violando la Constitución y la Ley de Régimen Municipal” y con ironía agregamos:  ”Hay acaso alguna legislación secreta  que le permite al gobernador y su equipo a dejar de lado la Constitución y la ley”.

El Gobernador tuvo un plazo legal de diez (10) días hábiles para responder un pedido así. No lo cumplió. Tras varias consultas se nos informó que el expediente fue girado a Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno. Allí, el 17 de marzo, el Abogado Laborda Claverie, respondió diciendo que el día 20 de ese mes daría la respuesta.

Sin novedades, el 25 de marzo por Expte.7240760/25, con referencia al Expte 2170390/25; con el Esc. Mones Ruiz nos dirigimos nuevamente al Gobernador Poggi para reclamar por su falta de respuesta, recordándole que la Ley de Acceso a la Información Pública en su art. 10 define como grave la falta de respuesta, pasible de sanciones según los Códigos Penal y Civil de la Nación.

El dictamen de Laborda Claverie, si bien fechado el 20 de marzo, recién nos fue enviado por correo electrónico el 3 de julio. Una respuesta que debía darse en diez días hábiles llegó casi cuatro meses más tarde.  Ni el gobernador, ni el ministro, ni el asesor intentaron una disculpa o justificación por esa demora

6* La respuesta del Asesor Legal

Debo recordar que los expedientes citados, uno al ex Ministro Endeiza y luego dos al Gobernador, se refieren a autoridades y legisladores municipales. Los dos expedientes enviados al gobernador citan los anteriores, para que quienes deban responder conozcan todo el historial.  Recordándosele al Gobernador su juramento en cuanto a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes y también, el art. 63 de nuestra Constitución que dice “En ningún caso y por ningún motivo o pretexto, las autoridades de la provincia pueden suspender la observancia de esta Constitución, ni la de la Nación o la efectividad de las garantías establecidas.”

El dictamen del asesor no se responde al tema que nos ocupa. Cita a la Constitución Provincial en los capítulos referidos a Cámara de Diputados, Cámara  de Senadores y Régimen Electoral. Cita también las leyes Electoral Provincial, de Actualización del Sistema Electoral, de Paridad de Géneros en ámbitos de representación política y de Procedimientos Administrativos. Ninguno de esos textos constitucionales y legales se refiere específicamente a lo requerido.

Nada dice el asesor del Capítulo XXVI de la Constitución que ordena lo municipal, nada dice de la Ley de Régimen Municipal; único tema de las presentaciones que debía dictaminar.

¿Será que no le enviaron todo el historial o que no lo leyó? Elude cuidadosamente el tema específico. Lo que entiendo surge de la imposibilidad de explicar o fundamentar el incumplimiento de la manda constitucional, buscando desviar la atención y así “salvar” al gobernador Poggi, al ministro Amondarain y a todos los que intervinieron en la promulgación del decreto 14010-MG-2024; de las responsabilidades que les son propias. Nada dice del Art. 63 de la constitución.

7* La continuidad

Esta cuestión y mis reclamos llevan ya años. Nunca nadie (gobernadores, ministros, jueces, intendentes, concejales, legisladores provinciales, dirigentes políticos oficialistas u opositores) dijo que estoy equivocado.  Nunca nadie inició acción alguna contra mis afirmaciones. Las respuestas han sido mayormente de silencio, contradictorias o con lamentables evasivas.

No estamos ante una cuestión menor, se destruyen el republicanismo, la vida democrática y los derechos civiles.  Y se evidencia con claridad la formación política del gobernador y de muchos de su equipo, en la escuela feudal y autoritaria de los hermanos Rodríguez Saá. Hay quienes creen estar por encima del marco legal.  Igual que antes, pero peor porque hoy se alardea de republicanismo y democracia.

Como se dice en El Gatopardo, “es necesario que todo cambie, para que todo siga igual”

SAN LUIS. Julio 14 de 2025


[1] En esta web pueden encontrar mucha más información dl tema.  https://www.tochimoreno.com.ar/category/elecciones-municipales/

SILENCIO QUE ATURDE

Con distintos fundamentos en cada caso, el Senado Nacional rechazó la designación de los Dres. Lijo y García Mansilla, como miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Tras ello se especuló y mucho, en cuanto a si García Mansilla continuaría como integrante en comisión hasta noviembre en virtud al decreto presidencial que así lo designó.

Esta posibilidad motivó una fuerte postura de un numeroso número de destacados profesionales del derecho que se identificaron como “profesores, docentes e integrantes del ámbito académico – jurídico de todo el país…” solicitándole a García Mansilla que renuncie a su cargo a raíz del fuerte rechazo a su candidatura.

Entienden los firmantes que la eventual continuidad de García Mansilla en la Corte Suprema, marcaría una situación por fuera del derecho vigente en Argentina y de espaldas a lo que se enseña en las universidades, diciendo: “No estamos dispuestos a aceptar que la enseñanza del derecho se convierta en nuestro país en un relato de ficción.”

Afirmación clara y categórica, que no muestra fisuras dado el prestigio docente y profesional de los firmantes, que pertenecen a distintas corrientes del pensamiento político nacional.

Finalmente, el Dr.  García Mansilla renunció a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

No puedo dejar de vincular esos dichos, con lo que estamos soportando en San Luis en cuanto a la violación del mandato constitucional y legal e insistir, una vez más, en reclamar la plena vigencia las instituciones republicanas en San Luis.

Nuestra realidad.

Llevo ya mucho dicho y escrito, desde 2007, acerca de cómo el gobierno provincial en los mandatos de Alberto Rodríguez Saá y Claudio Poggi, no cumple con el Art 250 de nuestra Constitución que otorga a las localidades que tengan entre 801 y 1500 habitantes censados un gobierno municipal ejercido por una Comisión Municipal de cuatro miembros. Por lo cual y de acuerdo al Censo Nacional de 2020, Anchorena, Arizona, Fortuna, Balde, Beazley, Nogolí, Villa de la Quebrada, Fraga, Villa del Carmen y Los Molles; deben tener esa forma de gobierno municipal

A su vez, el Art. 257 fija la cantidad de concejales que deben tener los municipios, también según su población censada. Lo que no ocurre en varias localidades provinciales.

El mandato constitucional está reglamentado por la ley XII-0349-2004, cuyo Artículo 4° expresa: “El Poder Ejecutivo determinará después de cada censo, los nuevos lugares donde corresponda Municipalidad, Comisión o Comisionado.”

Desde que se sancionó esa ley, ningún gobierno provincial cumplió con este artículo. Solo y por iniciativa de diputados del radicalismo, se logró por ley que Potrero de los Funes, El Volcán, El Trapiche y Carpintería, se conviertan en municipios con concejo deliberante.

A mi criterio es mucho más que incumplimiento de los deberes de funcionario público. Es un delito contra la institucionalidad republicana y democrática.

Esta inconstitucionalidad la expresé en notas periodísticas, en denuncias ante la justicia, en cartas documentos y notas a Rodríguez Saá, Poggi y algunos de sus ministros. Nunca nadie señaló que mi reclamo es injustificado o erróneo. Solo silencio y de parte de miembros del Superior Tribunal de Justicia entre 2007 y 2011, excusas a través de sentencias que además, fueron contradictorias en el caso de los ex jueces Zavala Rodríguez y Novillo.

Me pregunto

Releyendo lo expresado por los juristas y docentes en relación a lo ocurrido en el Senado nacional y frente a la inconstitucionalidad en San Luis, me permito interpelar, amable pero firmemente:

  • ¿El Consejo Superior de la UN de San Luis que tantas veces se ha expedido ante

situaciones de importancia o gravedad en el país, no tiene nada que decir ante esto?

  • ¿El Consejo Directivo de la Fac de Cs. Económicas, Jurídicas y Sociales de la UN

de San Luis y los profesores de su carrera de Abogacía, no tienen nada que decir, nada que ejemplificar a sus alumnos?

  • ¿Los docentes de la carrera Prof. de Educación Secundaria en Ciencia Política del

Instituto de Formación Docente Continua de San Luis, no hablan de esta realidad provincial?

  • ¿Los docentes específicos del nivel secundario, tampoco pueden hablar del tema?
  • ¿Los miembros de la Justicia Provincial tampoco pueden decir o actuar ante esta

violación y su consecuencia en los derechos civiles de tanta ciudadanía provincial?

  • ¿Los colegios de abogados o simplemente algún grupo de ellos, nada tienen que

decir en defensa de la vida republicana con democracia?

  • ¿La dirigencia y militancia política no saben de ésto, no les interesa dar ejemplo de

exigir plena vigencia de la constitución y sus leyes?

  • ¿El periodismo nacional y provincial, siempre encontrará noticias y chismes que

sean más importantes que la violación de la constitución?

  • ¿Qué les pasa a todos, no conocen la constitución y leyes reglamentarias, no les

interesa, les conviene que así sea o tienen miedo?

Demasiadas preguntas sin respuesta desde hace años.

Demasiada ignorancia del Artículo 63 de nuestra Constitución: “En ningún caso y por ningún motivo o pretexto, las autoridades de la Provincia pueden suspender la observancia de esta Constitución, ni la de la Nación o la efectividad de las garantías establecidas.”

Finalmente

Aturde el silencio generalizado ante este escándalo constitucional nuestro. Aturde, duele y enoja.

Si una cadena es tan fuerte como el más débil de sus eslabones; digo que la vida republicana argentina, tiene la debilidad republicana que vivimos en San Luis.

Si los que saben, pueden y deben, ignoran, tapan oídos, sellan labios y cruzan brazos, estarán enseñando a todos y en especial a las jóvenes generaciones, que la Constitución y sus leyes pueden ser manoseadas y pisoteadas al antojo y conveniencia del autoritarismo de turno en el gobierno.

SAN LUIS. Abril 7 de 2025.

GATOPARDISMO SANLUISEÑO

GATOPARDISMO SANLUISEÑO

En el Boletín Oficial del día de hoy, se publicó el Decreto 14010-MG-2024, firmado por el Gobernador CPN Poggi y el Ministro de Gobierno CPN Amondarain, por el cual  se convoca para el 11 de mayo a elecciones provinciales y municipales.

Las alarmas que me despertó en su momento el adelanto del tema por la Agencia de Noticias del gobierno, se confirman al leer este decreto, por cuanto se sigue la política vigente desde hace décadas en incumplir el mandato constitucional en lo atinente a las autoridades municipales.

Incumplir la constitución es violarla, lo que configura un delito que en este tema electoral se viene dando sostenidamente en cada convocatoria electoral desde el 2005.

La esencia del problema

La Constitución, en su Capítulo XXVI y  artículos 249 a 252 y 256,  determina qué tipo de gobiernos municipales existen y el artículo 257 precisa la cantidad de miembros  que debe tener cada Concejo Deliberante. Todo lo cual se determina mediante la población censada oficialmente.

El artículo 249 dice que esto se hará mediante ley. Pues bien, sólo hay una ley en esta cuestión, la XII-0966-2017 creando las Intendencias Municipales de Potrero de los Funes, El Volcán, Carpintería y El Trapiche.

No hay otra ley, porque el Legislativo mediante la Ley de Régimen Municipal XII-0349-2004 Art 4°, pasa esa responsabilidad al Ejecutivo diciendo: “El Poder Ejecutivo determinará después de cada censo, los nuevos lugares donde corresponda Municipalidad, Comisión o Comisionado.

Pues bien, no se conoce decreto alguno que cumpla con esa obligación desde que se conocieron los últimos censos nacionales.

Claro y categórico incumplimiento de sus obligaciones legales por todos los gobiernos anteriores desde la reforma constitucional de 1987.

Cuando digo todos los gobiernos quiero decir exactamente eso,  todos los gobiernos.

El que no se haya cumplido con el mandato constitucional de garantizar que cada localidad tenga el gobierno municipal que debe tener legalmente es culpa de gobernantes, legisladores, dirigentes que han   dejado de lado y pisoteado nuestra Constitución. También de jueces que no actúan de oficio ante algo tan flagrante, ni de los que ante mis denuncias de inconstitucionalidad se declararon incompetentes con sentencias contradictorias impropias de esos cargos.

Último recordatorio.

El pasado 24 de julio, junto con el Esc. Eduardo Mones Ruiz presentamos una nota al anterior Ministro de Gobierno Facundo Endeiza, por la que le recordamos la manda constitucional a cumplir, precisando en base  a los resultados del censo 2022  qué gobierno y cantidad de concejales le correspondían a cada localidad.

Días después en una audiencia a la que no pudo concurrir el Esc. Mones Ruiz, ese ministro me expresó que estaba de acuerdo con nosotros y que el entonces responsable de Asuntos Municipales, CPN Amondarain ya le había expresado lo mismo.

¿Qué pasó…

… con la nota recibida y aceptada en su contenido por el ex Ministro Endeiza?

Porque el Decreto 14010 persiste en la inconstitucionalidad en la convocatoria electoral para  el 11 de mayo.

 ¿La habrá leído el Gobernador Poggi? ¿Se discutió en reunión de gabinete? ¿Quiénes y cómo  d  ecidieron no cumplir con el Art 4 de la ley de Régimen Municipal? ¿Quién decide hacer una convocatoria así?  ¿Será cierto que el  nuevo ministro de Gobierno, Amondarain, coincidía con lo expresado en nuestra nota.? ¿Quién lo convenció o solo debió obedecer?

Síntesis

1* Conocido el Censo Nacional 2022 no se dictó la norma que determine qué tipo de gobierno y cuántos concejales le corresponde a cada localidad, según su población. Lo que debió hacer antes de convocar por el Decreto 14010.

2* No se convoca para ninguna Comisión Municipal, Art. 250 de la Constitución. Deben tener esa autoridad municipal Anchorena (810 Hab.); Arizona(976 Hab.),   Fortuna (969 Hab.); Balde (853 Hab.); Beazley  (831Hab.); Nogolí  (1.175 Hab.); V. de la Quebrada (1.162 Hab.); Fraga  (1443 Hab.); Villa del Carmen  (870 Hab.) y Los Molles (1,497 Hab). Todas estas localidades siguen con Intendente Comisionado.

3* Se convoca a elegir Intendente Comisionado a Beazley y Nogolí, que, como digo arriba, deben tener Comisión Municipal.

4* En cuanto a concejales el panorama es más complejo. Juana Koslay tiene 9 concejales y debe completar 10; Quines y La Toma tienen 7 y completar 9; Candelaria, El Trapiche, El Volcán, Luján, Carpintería,   Buena Esperanza; Unión y Naschel, tienen 4 y deben completar 5. Concarán, Tilisarao, Sta. Rosa del Conlara tienen 5 y deben completar 7.

He indicado solo el número de titulares, debe agregarse la misma cantidad de suplentes.

5* Se dan dos casos: La Punta por ordenanza resolvió cumplir con tener los 10 concejales que le corresponden, eligiendo 5 en esta elección y otros 5 en la de 2027. Potrero de los Funes hace lo mismo, para llevar sus concejales de 4 a 5, eligiendo en ésta 3.  El Gobierno acepta esto y así convoca en su decreto.

Lo que  me despierta serias  dudas es la competencia de esos Concejos Deliberantes para decidir sobre este tema.  La Constitución y la ley de Régimen Municipal no les otorgan a estos concejos deliberantes facultades para determinar el número de concejales. Tarea que como ya he expresado, es propia del Poder Ejecutivo Provincial.

Habrá que esperar que dictaminan los especialistas.

El Gatopardo

Allá por 1963 vimos la película El Gatopardo basada en una novela italiana que describía la sociedad italiana en un momento de crisis socio política importante camino a su unidad nacional. Ante las exigencias de cambio que los  sectores populares hacían a la aristocrática y feudal clase dirigente, el personaje central expresa en algún momento que Si queremos que todo siga como está, necesitamos que todo cambie”.

¿Algo así estamos viviendo en nuestro San Luis de hoy?

Se cambió el gobierno, pero el nuevo sigue con las mismas violaciones a la constitución y la ley.

¿Qué dicen a esto los funcionarios, legisladores, dirigentes y votantes de este nuevo gobierno?

Quien quiera saber algo más  de lo hecho en este tema, puede acceder a  https://www.tochimoreno.com.ar/category/elecciones-municipales/)

Hay mucho y no sencillo para resumir.

Advierto una grieta provincial entre los que queremos vivir en una república con democracia y transparencia y los que prefieren seguir en el feudo fundado por los hermanos Rodríguez Saá.

Es hora de definiciones, no de callar, de eludir, de mirar a otro lado. Y se lo digo a todo el gobierno provincial, a la dirigencia política oficialista y opositora, a todos los legisladores, a todas las autoridades y concejales municipales, a toda la justicia, a todos los medios:  QUEREMOS REPÚBLICA, NO FEUDO.

                                                             San Luis. Enero 3 de 2025.

Carta Abierta a la Vicepresidenta de la Nación Victoria E. Villarruel

SRA. VICEPRESIDENTA DE LA NACIÓN.

Tras su reciente visita a nuestra provincia hemos conocido una fotografía suya acompañada por el ex gobernador, ex presidente interino y ex senador nacional, Adolfo Rodríguez Saá, su esposa Gisela Vartalitis e hijos. Foto tomada en ocasión de una cena a la que fue invitada en la enorme y fastuosa residencia ubicada en Potrero de los Funes.

Ver las expresiones de alegría que llenan la foto de referencia, me hacen pensar que Ud., Sra. Vicepresidenta, no conoce cabalmente la historia política de su anfitrión, de ahí que me atrevo a esta Carta Abierta.

Adolfo Rodríguez Saá fue cinco veces elegido gobernador de San Luis, completó cuatro mandatos y renunció al quinto para asumir su breve presidencia nacional.   Más adelante su hermano Alberto, también cumplió cuatro mandatos como gobernador, además de varios como senador nacional. Durante cuarenta años estos dos hermanos dominaron a su antojo la política provincial. No creo que renuncien a recuperar el poder al que son tan afectos.

Desde el gobierno, esta familia y sus amigos, amasaron una fortuna difícil de calcular y definir desde el llano, quizás si alguna vez la AFIP se decide, puede conocerse su dimensión y por qué no, su origen.

No diré nada más de esa fortuna familiar, porque las denuncias por enriquecimiento fueron rechazadas por la justicia provincial y luego cajoneadas, archivadas, olvidadas por la justicia federal en San Luis. Este obrar de la justicia “blanqueó” a fines de los ´90 los bienes existentes a esa fecha. De ahí en más el crecimiento exponencial de aquellos bienes así “legalizados” llega a la enorme dimensión de la fortuna que tanto gustan ostentar.

Quizás Ud. pudo darse una idea de lo que digo, al conocer la lujosa mansión en la que se realizó la cena. El terreno que ocupa puede albergar un barrio con algunas decenas de casas. Otro dato de cómo Adolfo maneja estas cosas, lo da el hecho que hace unos años, la Policía Provincial cumplía la orden de no permitir el estacionamiento ni la permanencia de personas en la ruta entre la mansión y el Dique Potrero de los Funes, para que el bullicio de las personas no moleste a quienes la habitan.

De tantas otras tropelías gubernamentales, se han escrito muchas páginas y hay temas para otras muchas; solo habré de referirme, a modo de ejemplo, a la violenta y cruel violación de los derechos humanos ocurrida en el segundo mandato de Adolfo Rodríguez Saá, en la que los tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial jugaron armónicamente para torturar, esconder, callar, eludir la justica, garantizar la impunidad de los responsables. Seré lo más breve posible.

Allá por octubre de 1989, se denunció la desaparición de Claudia René Díaz, estudiante secundaria de 15 años. Pasó el tiempo, sin que las investigaciones dieran resultado y en 1992 tras numerosas marchas exigiendo la aparición de Claudia, con presencia de la hermana Martha Pelloni, se detuvo a Nelson Rafael Madafs, un joven de 17 años que supo acompañar a Claudia desde el colegio hasta su casa.

Al declarar Nelson desconocer el paradero de Claudia, comenzó su largo martirio. Para arrancarle una confesión fue brutal, feroz y persistentemente torturado por la policía con presencia y participación en los golpes, según asegura Nelson, del juez interviniente Néstor Alfredo Ochoa.  También fueron detenidos brevemente y torturados el padre y hermanos de Nelson.

No detallaré las torturas sufridas, pero créame Sra. Vicepresidenta, que fueron terribles, de una crueldad e intensidad inimaginables en un gobierno republicano y democrático, que nos duelen y avergüenzan a todos.

Ante tanto dolor, Nelson firmó la “declaración” que le presentaron juez y policías, diciendo que Claudia había fallecido a consecuencias de un aborto clandestino, señalando lugares en los que había sido sepultada ilegalmente. El cuerpo del presunto delito nunca apareció y tras años de detención y torturas fue liberado, incapacitado para el trabajo, enfermo, desnutrido y con la emocionalidad y memoria afectadas.

Hasta la fecha, ni Adolfo Rodríguez Saá, ni el juez, ni los policías, ni los penitenciarios, mostraron arrepentimiento o pidieron perdón.

Pasaron los años y en 1998 Claudia Díaz apareció en Caucete, Pcia. de San Juan, con una pareja violenta y cuatro hijos. Había escapado de su casa por los malos tratos recibidos de su padrastro.

Se hizo un juicio civil, Expte 17-M-2000, y el Superior Tribunal de Justicia, en mayo de 2009, sin nombrar a los responsables, reconoce el martirio de Nelson a manos de personal policial y penitenciario, y determina una indemnización, bastante pobre, por cierto.

Nunca se hizo un juicio penal contra los torturadores, los que se jubilaron en cargos jerárquicos de sus carreras.

Por cierto, que la prensa oficial, la familiar y otras temerosas del poder, callaron cuidadosamente lo ocurrido. Unos pocos medios nacionales se ocuparon, tardíamente del caso. Se publicaron libros y numerosas notas periodísticas de autores sanluiseños que narraron este caso, pero siempre con escasa distribución y eco periodístico. Pocos se animan a precisar los nombres y acciones de los responsables.

Un silencio que aturde por esconder la crueldad e impunidad de la violación de los Derechos Humanos de Nelson Rafael Madafs, que vive hoy en la pobreza.

Reitero, Sra. Vicepresidenta, que en este caso, los tres poderes del estado trabajaron armónicamente para destruir a Nelson y tapar todo. El Ejecutivo como responsable de la Policía y Servicio Penitenciario más el silencio e inacción del gobernador y su gabinete. El Judicial que no supo investigar, y que no reaccionó ante un juez que presenció, toleró y participó de las torturas; ni fiscales ni jueces se animaron a actuar de oficio; el Superior Tribunal se cuidó de dar nombres, como si Nelson hubiese sido víctima de fantasmas. El Legislativo nunca aprobó los pedidos de informes y de interpelación a los funcionarios responsables, tampoco aprobó los juri pedidos al juez Ochoa.

Todo ocurrió con Adolfo Rodríguez Saá como gobernador.

Sra. Vicepresidenta, este relato muestra en su brevedad, lo que catalogo como la casta feudal de los Rodríguez Saá. Digo feudo porque los “señores” prostituyeron las instituciones republicanas aferrándose por décadas del poder, repartiendo señoríos menores en la estructura estatal, quienes siendo aplaudidores dóciles y callados podían ser manejados al antojo señorial. Digo casta, porque se conformó un grupo de funcionarios convencidos de sus bondades y capacidades, con derecho poco menos que a la perpetuidad impune y a la sucesión familiar.

Estimo, Sra. Vicepresidenta, que Adolfo Rodríguez Saá la invitó buscando ofrecer apoyo al gobierno nacional; quizás, como se comenta, a cambio de cargos electivos para su actual esposa Gisela Vartalitis.  Creo que el haber aceptado esa invitación es un dato de su educación y cordialidad y de desconocer realidades, pero créame que flaco favor le hace ese encuentro, al mensaje gubernamental contra los viejos vicios politiqueros.

Si hablamos de casta política, el adolfo-albertismo sanluiseño, constituye uno de los peores y más crueles ejemplos argentinos.

Sra. Vicepresidenta, sus convicciones religiosas la trajeron días atrás a nuestra provincia, creo que ellas le permitirán investigar y analizar con justicia y verdad estos hechos que detallo brevemente.

Atentos saludos.

San Luis * Mayo 7 de 2024

Prof. Luis Alberto Moreno