Despenalización de la droga

La reciente sentencia de la Corte Suprema despenalizando  el consumo personal de drogas tendrá  a nuestro juicio consecuencias que obliga  a definiciones claras.

1*  Este fallo se sustenta en el art. 19 de nuestra Constitución Nacional  por el cual las acciones privadas están exentas de la autoridad de los  magistrados y reservadas sólo a Dios. Si se invoca a Dios, es porque asumimos que hemos sido creados por Él a su imagen y semejanza; lo que nos da la dignidad que es absolutamente igual para todos los humanos. De ahí que nuestro cuerpo sea un templo que debemos cuidar, que la sociedad debe cuidar, que el Estado debe cuidar.

2* Por esa dignidad,  exigimos la desaparición de las torturas, de los apremios, de cualquier tipo de  violencia.  Por esa misma dignidad estamos obligados a combatir las adicciones y especialmente la de las drogas, por ser altamente destructivas de la Persona Humana.

3* Cuando se tortura a un hermano, se tortura a la sociedad. Cuando uno cae en la droga, la sociedad  cae con él. Es imposible no ver el  daño social.  Por lo tanto todo lo que se proponga, haga o resuelva acerca de las drogadicciones debe ser hecho en una clara perspectiva social, que integre todos los aspectos que este flagelo implica.

4* Este fallo se nos presenta como propio del individualismo acérrimo que campea en nuestra sociedad. No tiene en cuenta que el consumo de droga daña a la persona, a su físico, a su psiquis y a su dignidad y por lo tanto daña a la estructura, a la psiquis y a la dignidad de toda la sociedad. Y además, más tarde o más temprano, tanto la persona, como su familia y la sociedad se verán dañadas por la búsqueda del dinero necesario para sostener la adicción. Aparece así  uno de los orígenes  de la violencia delictiva.

5* El consumo personal de la droga sí que afecta y ofende a la persona y a la sociedad. Y por lo tanto, para los creyentes, ofende a Dios. Para los no creyentes ofende y lastima a la Humanidad toda.

6* Por otra parte, es muy sabida la increíble capacidad del narcotráfico para crecer usando interpretaciones antojadizas y amañanadas de la ley, las que muchas veces son “compradas” por la justicia. El fallo abre una rendija por la que seguramente se colará un nuevo crecimiento del narcotráfico y de su impunidad.

7* No nos parece suficiente la exhortación que se le hace a los otros poderes para que combatan la droga. Ya hemos visto que pasó con ese tipo de exhortos en relación a la contaminación del Riachuelo. Los gobiernos incapaces de construir el Bien Común dejan a la droga para que adormezca a los pueblos y para tener a quien cargar culpas que escondan las suyas. Por eso sus acciones son limitadas.

8*  ¿Quién determina la dosis personal de la droga? ¿Cómo se la define en cuanto a unidad de tiempo y edad de las personas? ¿Cómo comprenden los jóvenes ya destruidos por la droga la idea de dosis? ¿Y los niños?  Casi podría decirse que es un fallo tan ajustado al derecho individual, que resulta irresponsable para la sociedad. Los jueces de la Corte debieran considerar esta dimensión social y no decir que ahora se puede tener una macetita de marihuana en el balcón o patio de la casa. Hicieron  rodar la bola  y no es posible imaginar dónde, cómo y cuándo se detendrá.

9* Lejos estamos de considerar al drogadicto como delincuente; pero a nuestro juicio  la Corte Suprema debió haber señalado el daño social de cualquier drogadicción en cualquier intensidad que se practique y haber marcado la obligatoriedad de la inmediata atención del adicto, con la asistencia del Estado o de las Obras Sociales.

10* La Corte se sostiene en un artículo constitucional redactado en épocas en que era inimaginable el daño social de una actividad presuntamente privada. Lo que nos hace pensar en revisar esta concepción constitucional y cambiarla si es necesario. No propiciamos una violación a la norma, pero sí una lectura desde el Bien Común y desde la dignidad de la personas y de la sociedad toda,  valores presentes desde la existencia misma de la Patria.

La drogadicción puede tener un momento de intimidad y de  individualidad, pero su razón de ser es la destrucción social para el lucro y el lujo de unos pocos que sabrán aprovechar muy bien esta rendija.

La Corte Suprema debiera encontrar la forma de resolver este problema de otra forma.

SAN LUIS. Setiembre 1 de 2009.