ACERCA DEL FALLO PRO ABORTO DE LA CORTE SUPREMA

Nuestra Corte Suprema de  Justicia  emitió un fallo que abre  una puerta muy  grande al aborto.

A partir de un caso particular en el que se concretó un aborto en Chubut en el año 2010,  la Corte sentó una clara jurisprudencia que provoca un cambio sustancial en el tema a partir de ahora en nuestra Patria. Y lo hace a través de  una  nueva interpretación de la norma legal vigente – desde 1921 – en el tema aborto.

El Código Penal.  Lo confuso. La vía interpretativa

Esta norma es el Código Penal en su Art.86 y que dice : “ El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 1º) Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; 2º) Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”.

 

La Corte Suprema analiza el inciso 2º, el que hasta ahora fue siempre considerado desde una visión restrictiva, es decir poco favorable a la realización de abortos. Este criterio restrictivo  entendió que el aborto era legal cuando la  violación o el  atentado al pudor  se daban en una  mujer idiota o demente.  Es decir dos cosas para un solo grupo de mujeres.

 

Dice  la Corte  que  al estar presente en el texto legal la conjunción disyuntiva  “o” se previeron  dos supuestos diferentes para el caso de abortos no punibles:  los  provenientes de una  violación y  los que se originan en un atentado al pudor a una mujer idiota o demente .

Es decir dos cosas distintas en dos grupos distintos de mujeres:  violación para todas las mujeres y el atentado al pudor para la mujer idiota o demente.

Este concepto de “atentado al pudor a una mujer idiota o demente”,  es bien confuso y difícil de diferenciarlo de una violación cuando hay un embarazo de por medio.  Claro está que en casi 90 años nadie se preocupó por esclarecer esta cuestión a partir del avance de la ciencia médica y de la jurídica. Ni de una buena redacción.

Para la Corte lo “…  contemplado en el artículo 86, inciso 2º, del Código Penal comprende a aquel aborto  que se practique respecto  de todo embarazo que sea consecuencia de una violación, con independencia de la capacidad mental de su víctima,”

 

Una  nueva interpretación de una vieja ley le permite a la Corte Suprema producir un cambio sustancial en un tema delicado, que está en la agenda diaria del pueblo argentino y en el que aún no se ha dado (más bien se lo evita) el necesario y suficiente debate para poder arribar  a una definición.

Este fallo es  un atajo tramposo para abrir una puerta al aborto y hasta para allanar el camino a una futura  legislación  ampliamente favorable al aborto.

 

Muchas veces se dice que la justicia usa la mitad de la biblioteca para decir algo o la otra mitad para decir lo contrario.. En este caso se interpreta la ley usando la biblioteca pro aborto.  No hay en este fallo ningún indicio de que se quiera facilitar la vida de la criatura en gestación, ni de ayudar a la mujer violada para que considere la posibilidad de tener a su hijo, con toda  la contención y  la ayuda material y espiritual de parte de la sociedad a través del   Estado.

Es dolorosísima la situación de una mujer violada, pero la criatura no tiene la culpa del crimen cometido por su padre biológico. Cualquiera sea la concepción ideológica o religiosa que se posea nadie puede negar que desde el instante mismo de la concepción hay un actividad biológica única e irrepetible. Es vida que se desarrolla y que finalizará en una nueva persona, también única e irrepetible. No cabe  tapar un crimen como la violación, matando a una criatura inocente. Una nueva vida bien criada y educada con todo el apoyo necesario, sí puede ayudar a superar  el trauma de una violación. Hay caminos para tratar y condenar al delincuente, respetando incluso sus propios derechos. Pero la postura pro  aborto no tiene para nada en cuenta los derechos de quien vive en el seno de su madre.

Lo que se aborta no es una cosa, una molesta piedra en un zapato. Es una vida humana y por lo tanto merecedora de todos los derechos, en especial el primero, el de la vida.

Se habla mucho del derecho de la madre a abortar, pero nada se le dice del  derecho a tener ese hijo y a educarlo de manera tal que se supere el drama original.

 

Cómo concretar al aborto y lo que la Corte ignora

Esta nueva y amplia interpretación que se da al inciso 2º del Art 86 del Código Penal se agrava notable y peligrosamente, cuando la Corte Suprema precisa la forma en que se hará el aborto.

Sólo se requiere la declaración jurada de la mujer o de su representante legal si así correspondiera, ante su médico.  Esta declaración jurada permanecerá en la privacidad de la relación paciente – profesional.

No se pide nada más.  ¿Es que la  Corte ignora que en toda violación hay un delito que debe ser denunciado, esclarecido y castigado? Fundamenta esto la Corte diciendo  que ”…  deben  evitarse reiteraciones innecesarias de la vivencia traumática” . Con lo que demuestra ignorar que para  superar cualquier  vivencia traumática se la debe enfrentar ante los profesionales especializados. Un trauma no se esconde ni se oculta así nomás. Mucho menos con la tierra que cubrirá el cuerpo de la personita abortada.

Lo que demuestra a mi juicio  que  la Corte  posee a una clara postura pro aborto por lo que de esta manera abre un camino más grave para el futuro. Y también demuestra poco interés por resolver un delito.

 

La defensa de la vida.

Para nuestra Corte Suprema de Justicia vale más la interpretación de la ley, la consideración de una letra  que la defensa de la vida. Nada hay en este fallo insisto, que signifique un indicio de defensa de la vida en gestación.  Todos son conceptos nacidos mayoritariamente de  organismos internacionales promotores del aborto, como parte de políticas neo liberales materialistas y  destructoras de cualquier indicio de humanismo trascendente.

Quizás se puedan dar casos de embarazos fruto de violaciones que puedan incluirse en un aborto no punible, por las consecuencias en la salud psico física de la madre o de la criatura. Pueden darse casos así, que se incluyan en los prescripto en el inciso 1º de este artículo 86 del Código Penal..

Los que deben resolverse con la certificación de varios profesionales, como cuando se hace una consulta ante una grave enfermedad.  No con uno solo.  Pero con una sola declaración jurada sin prueba alguna, es abrir una puerta al aborto por que sí.

Nada hay  que ofrezca a la madre la posibilidad de criar como corresponde a ese hijo, ni instruir a los legisladores para que actualicen la legislación específica, ni tampoco para que se preocupen en legislar introduciendo formas de  adopción que permitan resolver por esta vía los casos en los que la madre no desee criar a su hijo.

No parece interesar que se legisle o se actúe para  la vida.

 

Otros delitos.

Es muy probable que pudiendo hacerse al aborto con la sola declaración jurada de la mujer ante su médico, sin necesidad de denuncia o de verificación alguna del acto de violación (ni antes ni después del aborto), surja algo muy parecido al aborto libre.

No parece interesarle a esta Corte de Justicia que se hagan abortos a partir de mentiras, de inventar delitos, porque dicen en su fallo que “… si bien  advierte la posibilidad de configuración de “casos fabricados”, considera que el riesgo derivado del irregular obrar de determinados individuos, —que a estas alturas sólo aparece como hipotético y podría resultar,

eventualmente, un ilícito penal—, no puede ser nunca razón suficiente para imponer a las víctimas de delitos sexuales obstáculos que vulneren el goce efectivo de sus legítimos derechos o que se constituyan en riesgos para su salud. “

Esto es una barbaridad. Porque para esta Corte aún cuando se haya fabricado un  caso de violación,  no se deben poner obstáculos al derecho de abortar. ¿Cómo señores jueces? ¿Dejan de lado el esclarecer un delito con tal de favorecer el aborto?

No parece interesarle a esta Corte de Justicia que se hagan abortos a partir de mentiras, de inventar violaciones.  Es que han fallado con la mitad pro abortista de su biblioteca.

¿Es o no es esto una demostración de la prevalencia de la cultura de la muerte?

 

Finalmente

Este fallo da directivas claras y terminantes acerca de cómo debe procederse  para concretar el aborto  sin pérdidas de tiempo y ordena también que las provincias y la C.A. de Buenos Aires redacten los códigos de procedimientos a que deberán atenerse los hospitales públicos para realizar los abortos, previendo los casos de “objeción de conciencia”.

 

En fin, han dado todos los pasos necesarios para abrir un enorme portal legal al aborto, al irrespeto de la vida. Ha prevalecido el materialismo hedonista que viene imperando lamentablemente en la sociedad actual, infringiendo un duro golpe a toda concepción humanista trascendente de la vida.

Tan seguros y convencidos de este materialismo hedonista que ni siquiera se preocuparon en disimular sus ideas, introduciendo algún párrafo  que pueda significar la presencia de alguna idea en  defensa a la vida.

San Luis- Marzo 15 de 2012.

Prof.  Luis Alberto”Tochi” Moreno

 

13 comentarios sobre “ACERCA DEL FALLO PRO ABORTO DE LA CORTE SUPREMA”

  1. AL PROF. ALBERTO MORENO:
    Respetuosamente pero sin declinamientos disiento con Ud. y adhiero a la modificación aludida en la presente nota: «despenalización del aborto» entendiendo que la misma respeta en primer término «el cuerpo de la mujer». Se comienza por algo que nos ha sido restringido desde siempre: acudir a una interrupción de las consecuencias de un
    hecho «no deseado».- El cuerpo de la mujer ha sido y es , objeto de decisiones desde un sólo punto de «vista»: el del hombre que solo distingue un sólo argumento: «abrir una puerta al aborto es condenar una vida por que sí.» Cuando ha sido el «hombre» el que «ha pensado el cuerpo de la mujer como de su propiedad y objeto de deseo y flagelación de su escasa o nula valoración»
    No interprete que la que escribe es «una feminista». Valoro en el hombre, al compañero de vida: padre, hermano, abuelo, hijo, amigo, amante. Proveedor de afecto, contención y seguridad afectiva.
    Reconozcamos que las generaciones que nos preceden ( transcurro los 70 años) – y el atraso de la Ley – a.1921 – sólo miraron un sólo aspecto: el patriarcado devenido de siglos. Le recuerdo que la mujer era vendida junto a las ovejas al «amo feudal».-

    Y ahora , en vez de mejorar las «deficiencias» de una Ley , su voz ,como la de la mayoría de sus congéneres, se aboga el derecho a usarla según sus necesidades políticas lejos de valorarse como un hombre, que es, codo a codo con la mujer – que hoy puede ser su esposa, madre, abuela, hija amiga , amante, – acudiendo a una reflexión exhaustiva que mejore una ley con flaquezas en su implementación.
    Piense en las flaquezas: qué mejoras, qué sustentos avalen a la mujer en situación de un hecho no buscado no «deseado».- Cómo acompañarla, cómo sostenerla emocionalmente. Acaso Ud. ha tenido una disyuntiva tan cruel en su vida?, en su corazón, en su mente?, EN SU CUERPO???
    Porque su argumento de «defensa de la vida «, históricamente es, y ha sido usado desde un sólo punto de vista: desde el lugar , la mirada , el cuerpo y el mandato del hombre.
    Hojala que su propia vara ajuste y acompañe los derechos de mujeres y hombres frente a la Vida de un «ser en formación».-
    Mientras tanto, deje que «nosotras actuemos en defensa de nuestro cuerpo, nuestra psiquis, nuestras emociones y nuestro ser espiritual» a «como podamos» , cada una con sus flaquezas y fortalezas.
    En tanto, que sean nuestras conciencias las que nos juzguen y nuestro arrepentimiento sea una voz temblorosa pidiéndonos perdón.
    Que a Uds. – los hombres – ya los hemos perdonado.- ES TIEMPO QUE NOS ESCUCHEN ….. NOS ACOMPAÑEN Y NOS FORTALEZCAN CON SU MIRADA…
    Rosa Luz Laratro.—————————————————————-

  2. Estimado Tochi: Comparto a pleno tu pensamiento…creo que la jurisprudencia que deja sentada la CSJN mas allá de algunos racionales considerandos es GRAVE. no me cabe la menor duda que deja una puerta mas ancha y abierta, a nuevas y peligrosas reformas legislativas en al materia. La exégesis del valor «vida» no alcanzará a los no-nacidos, para ellos no habrán derechos, y nadie sospecha que tampoco podrán defenderse siendo los mas vulnerables de los vulnerables.-

  3. Felicitaciones Luz!!! que tamaño de respuesta!!! por fin alguien que deje totalmente claro esto de que los hombres se siguen considerando dueños del cuerpo de una mujer!!! por favor!!!
    Que claro ejemplo este de recordar las epocas en que las mujeres eran vendidas junto con el rebaño, ni hablar de las atrocidades del derecho de pernada.
    Algun dia entenderan que la lucha de las mujeres por liberarse de la dominacion masculina, fuè, es y sera totalmente asimilable a la de las clases pobres y dominadas, contra las enriquecidas a su costa.
    Fuerte Abrazo. Hugo.

  4. Una pregunta: Cómo se contiene, se ayuda y se da apoyo a una nena de 11 años que fue abusada y que, producto de ese abuso, quedó embarazada? Está capacitada, no para criar a un hijo, sino para llevar adelante un embarazo cuando aún juegan con muñecas? Lamentablemente este tipo de opiniones está muy teñida de un factor religioso. Una imposición que nos hacen a todas las mujeres, incluso a las que no creemos en lo mismo que Uds.
    Creo, y esto puede llegar a ser muy discutido, que los hombres no tienen ni la más mínima idea de lo que puede llegar a provocar una violación, creo que se sienten totalmente impunes ante cualquier tipo de abuso sexual, producto también del estereotipo de mujer que existe hoy día en nuestra sociedad donde no dejamos de ser meros objetos. Pero más allá de eso, me parece terrible que los hombres, y algunas mujeres, salgan a decirle al mundo como debemos manejar nuestro cuerpo, como debemos «superar» ciertos traumas y encima, traer hijos al mundo.

  5. Entonces, Ud. no ha leído…..o tal vez, no ha reflexionado sobre los fundamentos: el cuerpo, mente, corazón y espíritu de la mujer……. sin embargo lo disculpo: Ud. no ha sido violado y obligado a sostener un embarazo no pensado, no buscado, no deseado…. Ud. continuará haciendo política desde su propio umbral el suyo.
    Doy por finalizada mi intervención. Agradezco, sinembargo la posibilidad de expresarme. Gracias. Rosa Luz Laratro

  6. Me parece que es Ud. quien no leyo bien lo mio. Defiendo la vida por sobre todo, una violación con todo lo tragico que es no se resuelve con un aborto, no se pide denuncia de la violacion con lo cual el violador queda como inocente, sin denuncia y con la sola declaracion jurada y la participacion de un solo médido da lugar a que se mienta. No se le ofrece a la mujer ninguna instancia para que analice la posibilidad de tener a ese niño y criarlo o darlo en adopcion mediante una legislación ágil y efectiva. La corto sólo penso en el aborto y dejo una gran puerta abierta. La vida? quedó de lado!!! Mis respetos

  7. En que párrafo d emi escrito he hecho mencion a que el hombre es el dueño d ela mujer? o que eran vendidas como rebaño? o del derecho de pernada?
    He hablado de dominación? de la liberación femenina?
    Hablé d e la vida!!!
    Si me critican que sea por lo que yo he expresado. No me hagan decir lo que no dije.

  8. Como he dicho en mi nota, ése puede ser caso comprendido en el inciso 1º del articulo especifico del Código Penal. pero a mi criterio no con una sola opinion médica, sino de varios.
    Soy creyente y eso guia toda lo mío. Como seguramente le pasará a cualquiera según se creencia o su no creencia. Pero generalmente no sigo órdenes, sino convicciones. Y la vida es un valor absoluto. Es la Corte la que termina favoreciendo al violador al no exigir denuncia.

    Y no se trata del cuerpo de la mujer, tiene en sí otra persona y sobre ella nadie tiene poder para matarla. Eso es clave, son dos personas mamá e hijo-a.
    La ciencia permite ayudar en muchos casos bien difíciles y creo que hay pruebas más que suficientes. Pero el drama de una violacion no se borra cvon un aborto. Son dos dramas.

    Creo que hay leer tratando de entender al otro y despúes rebatir, discutir, etc. pero si de entrada se dice este es …. ya la lectuira se tiñe de prejuicios.

  9. que miedo da la vida de un inocente no?, como quieren su sangre, hablan de derechos del cuerpo de la mujer y el derecho de la VIDA DEL SER POR NACER, NO ES MAYOR VIDA QUE CUERPO??? aca hay necesidad de SANGRE INOCENTE y solo el maldito teme a un un ALMA PURA, son los mismos que pregonan los 30.000 desaparecidos y los DDHH, HIPOCRITAS….por que no exijen solucionar el problema antes que se produzca y no que querer resolverlo observando con malicia el acto ya cometido…y se dicen defensores, defensores serian si su lucha fuera antes de la aparicion de la VIOLACION no despues….. como se hace pidan pena de muerte al violador pidan nominas de violadores con acceso al publico, cumplimiento efectivo de las penas…..pero no……aca se quiere MATAR y no aportemos datos como el aborto a niños con sindrome de Down en España……..HIPOCRITAS LA SANGRE DE INOCENTES NO SE LAVA

  10. Tiene muchísimo que ver con destrozar al humanismo trascendete, con sacar de en medio a Dios.
    Y para colmo nuestra jerarquía eclesiastica que no sabe (no quiero creer que no quiere) difundir, transmitir la Doctrina Social. Ni mucho menos exigir que se aplique y se vaya desarrollando un modeolo socio político económico basado en esa Doctrina.

  11. Señora Rosa: muy respetuosamente le pregunto¿quien piensa en la criatura que esta por nacer?¿quien le asegura que no sera el angel que Dios le envia para cuidarla en su vejez? Un aborto mas alla de que esa vida sea el resultado de una violación, deja necesariamente en la madre la impronta de una vida y la culpa es inevitable..

  12. En principio quiero expresar mi total adhesión a lo manifestado en este sitio respecto a la situación actual (y ancestral) de la mujer. Por otra parte, entiendo que si no queremos abortos, no debiera estar permitido en ningún caso y nuestra legislación y sistema de seguridad social debería estar preparado para cobijar tanto a la mujer violada como al fruto de esa violación, cuando de la misma resulte un embarazo no deseado. Ahora bien, si vamos a aceptar «excepciones» como las que plantea nuesto CP, me pregunto : cuál es el mayor estado de indefensión ante una agresión sexual ? solo el de una mujer idiota o demente ? y qué pasa con una niña de , digamos, unos 10 años que es violada en el seno familiar con complicidad de su entorno más cercano ? y una jovencita que es atacada en plena vía pública por uno de esos monstruos que andan sueltos, y es superada totalmente por la fuerza del agresor (que muchas veces suele atacar armado) ?. Creo, sinceramente que nuestras leyes son arcaicas, machistas e hipócritas. Gracias por el espacio.

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