ASOMA LA LEGALIDAD EN MUNICIPIOS

Finalmente tras tres meses sin que la localidad de El Trapiche tuviese autoridades municipales,  la Cámara de Diputados dio media sanción a una ley por la que se autoriza la intervención al municipio y prevé nuevas elecciones para el 2015.

Lo novedoso, para San Luis, es que esta convocatoria para elegir Intendente incluye la de  los cuatro concejales  que le corresponden  a esta localidad, lo que  viene siendo negado por el gobierno feudal. Ante la  persistente reticencia gubernamental por cumplir con el mandato constitucional en cuanto a gobiernos municipales, la oposición logró incluir la elección de concejales en la ley que interviene el municipio. No es lo que debiera ser, pero tampoco está mal, resultó la única forma de lograr que el oficialismo gobernante asuma que en El Trapiche debe haber Concejo Deliberante. Acá cabe aquello de “lo que abunda no daña”.

¡En buena hora lograr esto! Habrá que ver ahora qué hacen los senadores. ¿Se animarán a seguir sosteniendo la inconstitucionalidad?

Lo que corresponde

La Constitución Provincial en su Capítulo XXVI artículos 249,250 y 251 y la ley XII-0349-2004 determinan claramente  qué tipo de gobierno corresponde a cada localidad según su población censada: Intendente con  Concejo Deliberante, Comisión Municipal  o Intendente Comisionado.

Según el censo 2001 ocho localidades debieron contar con una Comisión Municipal (presidente y tres vocales) a saber: Potrero de los Funes, El Volcán, Beazley,  El Trapiche, Fraga, Nueva Galia, Fortuna  y Arizona.  Ni Alicia Lemme ni Alberto Rodríguez Saá convocaron como corresponde.

Según el censo 2010, conocido en 2012, Nueva Galia, Fraga, Arizona, Villa Larca, Beazley, Cortaderas y Fortuna, deben contar con Comisión Municipal. Mientras que  El Trapiche, El Volcán, Potrero de los Funes y Carpintería, deben pasar a ser municipios con Intendente y Concejo Deliberante, por ahora con cuatro concejales. El gobernador Claudio Poggi tampoco cumplió con la constitución.

¿Por qué responsabilizo a los gobernadores? Porque la ley de Régimen Municipal (XII-0349-2004) dice en su artículo 3º: “El Poder Ejecutivo determinará después de cada censo, los nuevos lugares donde corresponde Municipalidad, Comisión o Comisionado”. Responsabilidad que de modo flagrante han incumplido, pese a que Rodríguez Saá y Poggi recibieron cartas documento mías intimándolos a cumplir con la constitución y la ley.

Lamentablemente mis reclamos  a la Justicia por esta cuestión resultaron una brasa ardiente que vía declaración de incompetencia se pasaron reiteradamente entre sí la Justicia Electoral y el Superior Tribunal de Justicia. (Ver  www.tochimoreno.com.ar/novedades-del-superior-tribunal-de-justicia/)

Lo que debe venir

Con lo aprobado en la Cámara de Diputados queda claro a la provincia toda cómo deben ser las cosas, el  oficialismo provincial lo ha reconocido y ya no le  resultará tan fácil mirar para otro lado y seguir insistiendo en su viejo capricho.

Por ahí se escuchan voces que dicen del costo económico que significa integrar las comisiones municipales y los concejos deliberantes. A lo que cabe responder que mucho más costo tiene en la vida republicana el vivir al margen de la constitucionalidad. Por otra parte, existen muchas partidas presupuestarias para  gastos decididamente no imprescindibles, ni urgentes, que muy fácilmente pueden destinarse a estos fines. Y de paso fijar  dietas acordes a la modestia que deben  mostrar las autoridades cuando no asumen cargos con dedicación exclusiva y dejar de  convertir estos cargos en fuentes de enriquecimiento personal  o de sostén de la actividad partidaria.

Es importante recordar que los gobiernos municipales son  escuela de vida  republicana y  no deben ser violentados como se lo viene haciendo en San Luis.

Algunos dichos

Por crónicas periodísticas se conocieron expresiones del diputado José Giraudo, convertido definitivamente al  oficialismo feudal.

Giraudo sostuvo que esta media sanción de ley  al incluir  la convocatoria a Concejo Deliberante, hace lo  que la  Constitución no dice ni pide. Tiene razón. Pero  como tampoco lo prohíbe, resultó la única forma de que el oficialismo cumpla en el caso de El Trapiche,  con la Constitución.   Pregunto, alguna vez en su actividad política el  diputado Giraudo reclamó por la  reiterada ilegalidad en las convocatorias a elecciones municipales.

Hay tantas cosas que la constitución dice y que no se cumplen, con el silencio de Giraudo…!

Y se equivoca el diputado Giraudo cuando dice, según  www.periodistasenlared.info,   que para la creación de  Concejos Deliberantes en las localidades que les  corresponde “… se debe hacer a través de un proyecto de ley aparte.”

Es evidente que el diputado Giraudo no conoce la ley de Régimen Municipal, cuyo artículo 3º cité más arriba. No hace falta ley especial, sólo se necesita que el Gobernador promulgue por decreto qué se debe elegir en cada localidad conforme al censo.

Con este proyecto aprobado en Diputados asoma la legalidad para los municipios sanluiseños. Es de esperar que de una buena vez se abandonen las tontas excusas que usa el gobierno feudal para negarles a las localidades citadas el gobierno municipal que les corresponde.  Es hora de que los gobernantes se ajusten a derecho, de que los que no saben se informen y que los que callan por miedo asuman el deber de exigir sus derechos.

SAN LUIS. Julio 31 de 2014