ACERCA DE NUESTROS MUNICIPIOS

Que pase el tiempo sin que se solucionen las cosas no quiere decir que caigan en el olvido, por lo tanto se impone volver al tema de las elecciones municipales en nuestro San Luis.

Tanto la Constitución (Art. 249 a 251) como la Ley XII-0349-2004 (Régimen Municipal), marcan claramente qué tipo de autoridad municipal deben tener las localidades conforme su población censada.

Desde el censo 2001(conocido recién en 2002),  que no se da cumplimiento a este mandato constitucional por  un cóctel de conveniencia,  silencio, temor, complicidad, autoritarismo, feudalismo.

El  último censo nacional se concretó el 27 de octubre de 2010 y sus resultados se conocieron a comienzos de 2013. El Gobierno de San Luis los recibió y no difundió. Se dijo oficiosamente que no los publicaron porque existía un error muy importante en la población de Fortuna en el departamento Gobernador Dupuy. Error que la provincia señaló al INDEC. Pero la provincia  pudo y debió  publicar la información haciendo la salvedad correspondiente a Fortuna. Estas estadísticas son muy necesarias en muchas actividades e investigaciones tanto en lo público como en lo privado.

De acuerdo al censo 2010 las localidades de Potrero de los Funes, El Volcán, El Trapiche y Carpintería deben contar con Intendente y Concejo Deliberante.  A su vez, Beazley, Nueva Galia, Fraga, Arizona, Villa Larca, Cortaderas y Fortuna deben tener Comisión Vecinal, aclarando que sólo Beazley se incorpora ahora a este grupo, las otras debieron tenerla a partir del censo 2001.  Y deben aumentar la cantidad de concejales las localidades de Juana Koslay, La Punta, La Toma, Concarán, Quines, Candelaria y Santa Rosa del Conlara.

No es poca cosa que 18 localidades de nuestra provincia sean víctimas de esta flagrante[i]  violación constitucional de parte del gobierno provincial.

También se viola la Constitución Nacional que en su Art.5 marca que cada constitución  provincial debe  asegurar, entre otras cosas, el régimen municipal. Conceptos que ratifica y amplía en el Art. 123. “Cada provincia dicta su propia constitución…, asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero”

 Dice la  Ley de Régimen Municipal en su Art. 4º que una vez conocidos los datos censales el Poder Ejecutivo Provincial determinará dónde corresponde Municipio con Concejo Deliberante, Comisión o Intendente Comisionado.

Esto no fue hecho tras el censo 2001 y tampoco fue hecho tras el censo 2010 por la sencilla razón que   los creadores del gobierno feudal provincial, los hermanos Rodríguez Saá no lo quieren. Gobernantes, socios, aplaudidores y aspirantes, callan. También callan las autoridades, dirigentes y vecinos de las localidades perjudicadas.

El año pasado el hoy diputado  Alejandro Cacace, siendo presidente de la UCR,  denunció ante la Justicia esta inequidad. Denuncia que tuvo el mismo fin que las varias mías, la nada.

Ahora tenemos al CPN Claudio Poggi como gobernador y por más que algunos se ilusionen con que no es como los anteriores, es  evidente que no tiene la vocación,  ni la fuerza política, ni  posibilidad alguna de apartarse del camino que le marcan Adolfo y Alberto Rodríguez Saá.

El 23 de abril del 2013 le envié al Gobernador Poggi la Carta Documento  3970138, exigiéndole que cumpla con el art 4º de la ley XII-0349-2004, para luego convocar a elecciones municipales como se debe. Le señalé también que formulaba esa exigencia amparándome en el 17º de la Constitución Provincial, según el cual está obligado a responder por escrito la resolución adoptada en mi reclamo. Sólo acusó recibo y siguió convocando tal como aprendió de sus patrones y maestros.

Han dicho algunos voceros que elegir autoridades municipales según la constitución significa un fuerte gasto presupuestario.  Nuestra Constitución fue reformada en marzo de 1987, tuvieron tiempo de sobra para tomar las previsiones  del caso, reglamentar, etc. Según esta excusa la Constitución  y  la vida republicana tienen menos peso  que un presupuesto. Por otra parte con tanto gasto elevado e inútil que vemos año a año, muy bien se podría haber resuelto esta cuestión.

La verdadera razón es que el Gobierno provincial desde diciembre de 1983 quiere tener toda la provincia bajo su control, de ahí el origen del Pacto Provincia-Municipios, otra violación a las autonomías municipales. Es  más económico y fácil arreglar con un Intendente Comisionado, que corresponde a las localidades de hasta 800 habitantes;  que con Intendentes con Concejo Deliberante o  con  Comisiones de cuatro miembros.

 Un pequeño paso adelante lo dieron los diputados de la oposición al aprobarse la media sanción a la intervención a El Trapiche, ya que lograron incluir que el próximo llamado a elecciones agregue la convocatoria a integrar el Concejo Deliberante. Habrá que ver que hacen en  el Club de Amigos (o Senado).

 En síntesis que desde 2003 vivimos en lo municipal por fuera de la Constituciones Nacional y  Provincial. Violentando la ley, mientras los que deben actuar miran para otro lado a sabiendas.

El Gobernador Claudio Poggi está claramente incurso en incumplimiento de los deberes de funcionario público y juzgado por ello. Pero se sabe impune. Mientras obedezca los hermanos Rodríguez Saá lo protegerán como buenos amos  feudales que son.

Poggi está tranquilo y sigue sonriendo.

Claro, está en San Luis y aquí ante  una ilegalidad,  una inconstitucionalidad,  una expresión de corruptela republicana ¿QUIEN LE PONE EL CASCABEL AL GATO?

SAN LUIS. Agosto 18 de 2014

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

[i]  Flagrante quiere decir que no necesita demostración por el peso de su evidencia.