INSISTO POR DEFENSORIA DEL PUEBLO

SOLICITO PRONTO DESPACHO

Expediente 50159/7

 SEÑORA JUEZA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº3

                                                LUIS ALBERTO MORENO, DNI –; argentino con domicilio en   El Volcán, Depto. Gral.  Pueyrredón; constituyendo nuevo domicilio a los efectos procesales en Rivadavia 961, ciudad de San Luis; como denunciante en autos MORENO, LUIS ALBERTO – SU DENUNCIA, me presento ante VS y como mejor proceda digo:

I – MANIFIESTO

Que esta denuncia fue iniciada el 26 de noviembre de 2007.

Que  se origina en que desde el día 8 de noviembre de 2004, fecha en que renuncia el  Dr. Aníbal Sopeña a su cargo, la provincia de San Luis no cuenta con un Defensor del Pueblo designado conforme está legislado.

Que Fiscalía dictamina a fojas 4 que “existe mérito suficiente…”

Que tras un oficio no respondido por el Poder Legislativo, éste responde a un segundo oficio con fecha 15 de diciembre de 2009.

Que en conocimiento de esta respuesta Fiscalía con fecha  24 de febrero de 2010, ratifica su dictamen  de fojas 4.

Que no obstante esa respuesta de diciembre de 2009, se envía un nuevo  oficio al Poder Legislativo el que es respondido  por actual Vice gobernador Ing. Díaz, diciendo que él no es el demandado en este expediente y que no es su competencia, como Presidente de la Asamblea General Legislativa, instar al procedimiento de designación del Defensor del Pueblo ya que los legisladores no dan inicio al procedimiento de designación tal como ordena la ley  VI-0167/2004.

Que si bien es cierto que el Vice gobernador Díaz no está imputado en esta denuncia, su informe  constituye una ratificación de la no designación hasta la fecha del Defensor del Pueblo.

Que los Vice gobernadores  imputados Sra. Blanca Pereyra y Dr. Jorge Pellegrini  han prestado juramente conforme lo determina taxativamente la Constitución Provincial en su Art.  154 diciendo  “… juro cumplir y hacer cumplir la Constitución, leyes de la Nación y de la provincia…”.

Que resulta evidente que los legisladores desde noviembre 2004 a la fecha  no han cumplido con sus obligaciones legales y que  los Vice gobernadores aquí imputados no han cumplido con su obligación  juramentada de hacer cumplir la Constitución y la ley.

Que esta prolongada situación de incumplimiento del marco constitucional y legal propios de nuestra vida republicana se constituye en una pésimo ejemplo para toda la ciudadanía provincial y muy en especial para con las jóvenes generaciones, las que se están formando viendo cómo los funcionarios que elige el pueblo incumplen ante el estupor de todos, con sus obligaciones legales, no se hacen cargo de sus responsabilidades y buscan eludirlas en silencio o con débiles argumentaciones. Ocasionan así una evidente violación a los Derechos Humanos en lo concerniente a violentar las estructuras del estado democrático y en particular negando, al no integrar el organismo específico,  la posibilidad de reclamar conforme al art. 235 de nuestra Constitución.

Que es el Poder Judicial el último y mayor garante del cumplimiento  del marco constitucional propio de nuestra democracia representativa, republicana y federal, se vuelve imperioso se expida a la brevedad definiendo, resolviendo y si cabe, sancionando con el peso de la ley a los responsables de este flagrante incumplimiento de la nuestra Constitución y las leyes.

Que tras todo lo actuado este expediente se encuentra a la espera de una resolución.

III – PETITORIO

                                               Que por todo lo expuesto a VS PIDO:

1º Se resuelva a la brevedad la denuncia oportunamente presentada y ratificada y a la que Fiscalía ha dicho y ratificado que tiene mérito suficiente.

2º Que de así corresponder  se indique o instruya al Poder Legislativo para que dé cumplimiento  con la elección del Defensor del Pueblo.

PROVEER DE CONFORMIDAD

                                                SERA JUSTICIA